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JUICIO: verbal LEC. 2000 0001330/2006.
PARTE DEMANDANTE: D. Pascual Roda Márquez.
PARTE DEMANDADA: Construcan Obras, S.L.
SOBRE: desahucio.
En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:
SENTENCIA
En Las Palmas de Gran Canaria, a trece de julio de dos mil siete.Vistos por mí, Dña. Rebeca Castrillo Santamaría, Magistrada-Juez sustituta del Juzgado de Primera Instancia nš Ocho de Las Palmas de Gran Canaria y de su Partido Judicial, los autos de juicio verbal de desahucio de finca urbana por falta de pago y reclamación de rentas, seguidos ante este Juzgado y registrados con el nš 1330/2006, a instancia de D. Pascual Roda Márquez, mayor de edad, provisto del D.N.I. 42.829.758-D, representado por el Procurador D. Francisco Neyra Cruz, bajo la dirección Letrada de Dña. Ana Isabel Loras Caballero, frente a la entidad Construcan Obras, S.L., con C.I.F. B-3578024, en la persona de su apoderado D. Jorge Juan Mendoza Santana con D.N.I. 44.300-892-V, con domicilio a efectos de notificaciones en la calle Rafael Cabrera, 10, escalera derecha, entreplanta oficina letra E, de esta ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, en situación procesal de rebeldía, y atendidos a los siguientes
FALLO
Que estimando totalmente la demanda de juicio verbal de desahucio por falta de pago y reclamación de rentas interpuesta por el Procurador D. Francisco Neyra Cruz, en nombre y representación de D. Pascual Roda Márquez, contra la entidad Construcan Obras, S.L., en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento de fecha 1 de diciembre de 2005, suscrito entre el actor y la demandada sobre la oficina sita en Las Palmas de Gran Canaria, en la calle Rafael Cabrera, 10, escalera derecha, entreplanta oficina letra E, debo condenar y condeno a la demandada a dejar libre y expedita la oficina citada a la libre disposición del actor en el plazo previsto legalmente de treinta días, con apercibimiento de lanzamiento en caso de incumplimiento, estando señalado el mismo para el día 4 de octubre de 2007 a las 10,00 horas; y debo condenar y condeno a la demandada a abonar a favor del actor la cantidad de diez mil diez (10.010) euros en concepto de rentas, más los intereses legales que se devenguen desde la fecha de interposición de la demanda y con expresa condena en costas a la demandada.MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria (artículo 455 LECn).
El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LECn).
Así por esta Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 15 de noviembre de 2007 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto o para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia a la entidad demandada.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de noviembre de 2007.- El/la Secretario Judicial.
DILIGENCIA.- En Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de noviembre de 2007.
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