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ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- D. Felipe Pérez Artiles, con D.N.I. 42.705.427-R, D. Leopoldo O´Shanahan Roca, con D.N.I. 42673.420-W, Dña. Alicia Ojeda Rodríguez, con D.N.I. 42.717.387-Q, D. Fernando Bordes Caballero, con D.N.I. 01.380.967-R, y D. Enrique Fernando Moreno Batet, con D.N.I. 41.984.151-C, interponen demanda contencioso-administrativa contra la desestimación presunta por silencio administrativo de la reclamación patrimonial formulada por los recurrentes en escrito presentado en fecha 5 de diciembre de 2007, contra la Consejería de Educación Universidades, Cultura y Deportes.Segundo.- Estas actuaciones se derivan del Procedimiento Ordinario nş 464/2007, seguido ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nş 3, de Las Palmas de Gran Canaria.
Tercero.- Por oficio del citado órgano judicial de fecha 14 de enero de 2008, a la Consejería de Educación, Universidades Cultura y Deportes, se nos requiere la remisión del expediente administrativo.
A los presentes antecedentes le son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- El artículo 48.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (B.O.E. nş 167, de 14.7.98), establece que el órgano jurisdiccional requerirá a la Administración que le remita el expediente administrativo, ordenándole que practique los emplazamientos previstos en el siguiente artículo 49.Segundo.- El artículo 49.1 de la misma Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, regula que la resolución por la que se acuerde remitir el expediente se notificará a cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días.
En virtud de las competencias expuestas el artículo 9.4 del Decreto 113/2006, de 26 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias (B.O.C. nş 148, de 1.8.06), en su redacción actual,
R E S U E L V O:
Primero.- Ordenar la remisión al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nş 3 de Las Palmas de Gran Canaria, del expediente administrativo relativo al Procedimiento Ordinario 464/2007.
Segundo.- A través de la presente Resolución, se emplaza a los posibles interesados en el referido expediente, a fin de que, si lo desean, puedan personarse como demandados/as ante el citado órgano jurisdiccional en el plazo de nueve días a partir de la publicación de la presente en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 28 de febrero de 2008.- La Secretaria General Técnica, Pilar Herrera Rodríguez.
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