

|
|
|
HACE SABER: que en este Juzgado de mi cargo se ha dictado sentencia, en los autos que luego se dirá cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:
Vistos, por el Sr./a. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nš 7 y Registro Civil de Santa Cruz de Tenerife y su Partido, los presentes autos de guarda cust. y alimentos hijos extramatr., bajo el nš 0000455/2007, seguidos a instancia de Dña. Yurena Velázquez Méndez, representada por el Procurador D. Miguel Rodríguez Berriel, y dirigida por el Letrado desconocido, contra D. Daniel Curbelo Reyes, y siendo parte el Ministerio Fiscal.
FALLO: debo estimar y estimo parcialmente la demanda formulada por el procurador Sr. Rodríguez Berriel, en nombre y representación de Yurena Velázquez Méndez, contra Daniel Curbelo Reyes, acordando las siguientes medidas:
1.- Se atribuye la guarda y custodia del menor habido de la unión a la progenitora, siendo la patria potestad compartida por ambos progenitores.
2.- Se fija el régimen de visitas previsto en el fundamento jurídico primero de la presente resolución.
3.- Se fija como pensión alimenticia el importe mensual de 200 euros, a ingresar en la cuenta corriente que designe la actora en los cinco primeros días de cada mes y revisables anualmente conforme al I.P.C., más abono de gastos extraordinarios por mitad.
Y para que sirva de notificación al demandado, expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 27 de febrero de 2008.- El/la Magistrado-Juez.- El/la Secretario.
| © GOBIERNO DE CANARIAS |