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Con posterioridad los solicitantes que en los anexos I y II se detallan, instaron la revisión de sus solicitudes y la inclusión en la lista definitiva de admitidos correspondiente a la convocatoria de ayudas de acción social, ejercicio 2006, en relación al Premio de Permanencia.
Resultando que comprobadas dichas reclamaciones se propuso admitir las incluidas en el anexo I y excluir las incluidas en el anexo II, por los motivos que se detallan.
Resultando que las referidas reclamaciones/recursos fueron informadas por la Comisión de Acción Social en su reunión del día 29 de febrero de 2008.
Vista la motivación contenida en los informes emitidos y que constan en el expediente, esta Dirección General
R E S U E L V E:
Primero.- Estimar las reclamaciones previas/recursos de reposición que en el anexo I se relacionan y modificar la lista definitiva de admitidos de dicha convocatoria, con indicación del titular, Departamento de destino y la cuantía que le corresponde.
Segundo.- Desestimar las reclamaciones previas/recursos de reposición que en el anexo II se relacionan y mantener a los reclamantes en la lista definitiva de excluidos de dicha convocatoria, por los motivos que se detallan.
Tercero.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias y exponer al público los anexos de dicha Resolución en los tablones de anuncios del Departamento al que están adscritos los interesados, durante los veinte días hábiles siguientes al de la publicación de la presente Resolución en el citado Boletín.
Cuarto.- Dar traslado de la presente Resolución a la Dirección General de Planificación y Presupuesto de la Consejería de Economía y Hacienda, al objeto de que se materialice la transferencia de crédito desde la Sección 19 al correspondiente Departamento, por los importes del anexo I, para su posterior abono a los titulares beneficiarios.
Quinto.- Contra la presente Resolución, cabe presentar demanda ante el Juzgado de lo Social de la localidad en la que se presten los servicios o el del domicilio del demandante, o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife o de la circunscripción en la que tenga su domicilio el recurrente, en ambos casos, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la fecha de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la presente Resolución.
Santa Cruz de Tenerife, a 4 de marzo de 2008.- El Director General de la Función Pública, Juan Manuel Santana Pérez.
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Ver anexos - Página/s 3814-3816
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