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2008/049 - Viernes 7 de Marzo de 2008

IV. ANUNCIOS
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Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda

Regresar al sumario 898 Instituto Canario de la Vivienda.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 20 de febrero de 2008, del Director, relativa a las Resoluciones de 2 de mayo de 2007, recaída en el expediente de desahucio administrativo nē DD-17/06, seguido a D. Manuel Pérez Espino, en ignorado paradero; de 18 de septiembre de 2007, recaída en el expediente de desahucio administrativo nē DD-67/07, seguido a D. Francisco Saavedra García, también en ignorado paradero; y de 18 de diciembre de 2007, recaída en el expediente de desahucio administrativo nē DD-3/07, seguido a D. Ramón Martín Luzargo, igualmente en ignorado paradero.

No habiéndose podido notificar a D. Manuel Pérez Espino, D. Francisco Saavedra García y D. Ramón Martín Luzargo, en la forma prevista en el artē. 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nē 285, de 27.11.92), las Resoluciones del Director del Instituto Canario de la Vivienda, de fecha 2 de mayo de 2007, recaída en el expediente de desahucio administrativo DD-17/06, de fecha 18 de septiembre de 2007, recaída en el expediente administrativo DD-67/07, de fecha 18 de diciembre de 2007, recaída en el expediente administrativo DD-3/07 y siendo necesario notificar dicho trámite, al ser parte interesada, conforme a lo previsto en el apartado 5ē del citado artículo,

R E S U E L V O:

Notificar a D. Manuel Pérez Espino la Resolución de fecha 2 de mayo de 2007, recaída en el expediente de desahucio administrativo DD-17/06, que le ha sido instruido por infracción del artē. 68.1.c) de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, y cuya parte dispositiva acuerda textualmente lo siguiente:

"Desahuciar a D. Manuel Pérez Espino, por no destinar a domicilio habitual y permanente, la vivienda de promoción pública sita en el Grupo 1052 Viviendas Jinámar I, calle Manuel Alemán Álamo, 7, bloque 21, piso 7, letra C, LP-816/811, término municipal de Telde, requiriéndola para que en el plazo de quince días, a partir del siguiente al de la notificación de la presente resolución, desaloje las pertenencias que, en su caso, pudiese tener en el inmueble y se haga entrega de llave de la mencionada vivienda, en las dependencias de este Instituto Canario de la Vivienda, con apercibimiento de proceder, de lo contrario, al lanzamiento de las personas que se encontrasen en la vivienda, así como al desalojo de cuanto mobiliario, objetos y enseres se encontrasen en la misma.

R E S U E L V O:

Notificar a D. Francisco Saavedra García, la Resolución de fecha 18 de septiembre de 2007, recaída en el expediente de desahucio administrativo DD-67/07, que le ha sido instruido por infracción del artē. 68.1.c) de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, y cuya parte dispositiva acuerda textualmente lo siguiente:

"Desahuciar a D. Francisco Saavedra García, por no destinar a domicilio habitual y permanente, la vivienda de promoción pública sita en el Grupo 1404 Viviendas Cruz de Piedra I, calle Domingo Padrón, 4, bloque 14, piso 14, letra C, LP-5/745, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, requiriéndola para que en el plazo de quince días, a partir del siguiente al de la notificación de la presente resolución, desaloje las pertenencias que, en su caso, pudiese tener en el inmueble y se haga entrega de llave de la mencionada vivienda, en las dependencias de este Instituto Canario de la Vivienda, con apercibimiento de proceder, de lo contrario, al lanzamiento de las personas que se encontrasen en la vivienda, así como al desalojo de cuanto mobiliario, objetos y enseres se encontrasen en la misma.

R E S U E L V O:

Notificar a D. Ramón Martín Luzargo, la Resolución de fecha 18 de diciembre de 2007, recaída en el expediente de desahucio administrativo DD-3/07, que le ha sido instruido por infracción del artē. 68.1.c) de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, y cuya parte dispositiva acuerda textualmente lo siguiente:

"Desahuciar a D. Ramón Martín Luzargo, por no destinar a domicilio habitual y permanente, la vivienda de promoción pública sita en el Grupo 1760 Viviendas, calle Fernando Sagaseta, 12, bloque 60, piso 3, letra D, LP-811/1681, término municipal de Telde, requiriéndola para que en el plazo de quince días, a partir del siguiente al de la notificación de la presente resolución, desaloje las pertenencias que, en su caso, pudiese tener en el inmueble y se haga entrega de llave de la mencionada vivienda, en las dependencias de este Instituto Canario de la Vivienda, con apercibimiento de proceder, de lo contrario, al lanzamiento de las personas que se encontrasen en la vivienda, así como al desalojo de cuanto mobiliario, objetos y enseres se encontrasen en la misma.

El lanzamiento será ejecutado por el Instituto Canario de la Vivienda, que designará a las personas que hubieran de llevarlo a efecto, para lo cual se recabará la preceptiva autorización judicial y el auxilio, en su caso, de las Fuerzas de Orden Público.

Contra este acto, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Excma. Sra. Presidenta del Instituto Canario de la Vivienda en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo previsto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero."

Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de febrero de 2008.- El Director, Jerónimo Fregel Pérez.

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