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R E S U E L V O:
Notificar a Dña. Áurea Pérez Alemán la Resolución de incoación y su respectivo Pliego de Cargos, de fecha 27 de noviembre de 2007, dictada en el expediente de desahucio administrativo DD-214/07, instruido por infracción del artē. 68.1.c) de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, y cuya parte dispositiva acuerda textualmente lo siguiente:
"PLIEGO DE CARGOS DE DESAHUCIO ADMINISTRATIVO
Que como consecuencia de la incoación de expediente de desahucio administrativo DD-214/07, se formula contra Dña. Áurea Pérez Alemán, conforme a lo regulado por el artē. 69 de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias (B.O.C. nē 27, de 10.2.03), apercibiéndole que, de no contestarlo en el plazo de quince días hábiles, a partir del siguiente al de su notificación, se dará por evacuado el trámite siguiendo su curso el expediente.
CARGO
No destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda de protección oficial sita en el Grupo de Viviendas Cuesta Caballero, calle Reina Isabel, bloque 10, 45, piso 9, término municipal de Ingenio, infringiendo el artē. 68.1.c) de la Ley de Vivienda de Canarias."R E S U E L V O:
Notificar a D. Antonio Medina Herrera, la Resolución de incoación y su respectivo Pliego de Cargos, de fecha 28 de diciembre de 2007, dictada en el expediente de desahucio administrativo DD-223/07, instruido por infracción del artē. 68.1.c) de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, y cuya parte dispositiva acuerda textualmente lo siguiente:
"PLIEGO DE CARGOS DE DESAHUCIO ADMINISTRATIVO
Que como consecuencia de la incoación de expediente de desahucio administrativo, DD-223/07, se formula contra D. Antonio Medina Herrera, conforme a lo regulado por el artē. 69 de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias (B.O.C. nē 27, de 10.2.03), apercibiéndole que, de no contestarlo en el plazo de quince días hábiles, a partir del siguiente al de su notificación, se dará por evacuado el trámite siguiendo su curso el expediente.
CARGO
No destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda de protección oficial sita en el Grupo de Viviendas Cruz de Piedra I, calle Farm. Pedro Rivero, 15, letra D, bloque 19, piso 5, edificio 20, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, infringiendo el artē. 68.1.c) de la Ley de Vivienda de Canarias."R E S U E L V O:
Notificar a Dña. Margarita Rodríguez Benítez, la Resolución de incoación y su respectivo Pliego de Cargos, de fecha 21 de enero de 2008, dictada en el expediente de desahucio administrativo DD-216/07, instruido por infracción del artē. 68.1.c) de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, y cuya parte dispositiva acuerda textualmente lo siguiente:
"PLIEGO DE CARGOS DE DESAHUCIO ADMINISTRATIVO
Que como consecuencia de la incoación de expediente de desahucio administrativo DD-216/07, se formula contra Dña. Margarita Rodríguez Benítez, conforme a lo regulado por el artē. 69 de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias (B.O.C. nē 27, de 10.2.03), apercibiéndole que, de no contestarlo en el plazo de quince días hábiles, a partir del siguiente al de su notificación, se dará por evacuado el trámite siguiendo su curso el expediente.
CARGO
No destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda de protección oficial sita en el Grupo de Viviendas Ramblas de Jinámar, bloque 6, piso 2, letra A, portal 2, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, infringiendo el artē. 68.1.c) de la Ley de Vivienda de Canarias."Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de febrero de 2008.- El Director, Jerónimo Fregel Pérez.
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