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BOC Nº 048. Jueves 6 de Marzo de 2008 - 882

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado nº 1 de Violencia Sobre La Mujer (antiguo Mixto nº 8) de San Bartolomé de Tirajana

882 - EDICTO de 26 de noviembre de 2007, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de menor cuantía nº 0000238/2000.

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Dña. María Elena Pérez Caro, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 8 de San Bartolomé de Tirajana y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado de mi cargo se ha dictado sentencia, en los autos que luego se dirá cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:

"El Sr. D. Julio Manrique de Lara Morales, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº Ocho de San Bartolomé de Tirajana y su partido; habiendo visto los presentes autos del juicio declarativo ordinario de menor cuantía nº 238/2000, promovidos a instancia del Banco Santander Central Hispano, S.A.; en su representación la Procuradora de los Tribunales Dña. Gloria Mora Lama y en su defensa el Letrado Sr. Ilisástigui Comillas, contra Dña. María Yobana Carril Antelo y D. Manuel Juan Grela Touriñán, declarados en rebeldía.

Vistos, por el Sr./a. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 8 de San Bartolomé de Tirajana y su Partido, los presentes autos de menor cuantía, bajo el nº 0000238/2000, seguidos a instancia de la entidad Banco Santander Central Hispano, S.A., representado por la Procuradora Dña. Gloria Mora Lama, y dirigido por el Letrado Sr. Ilisástiguio Comillas, contra D. Manuel Juan Grela Touriñán y Dña. María Yobana Carril Antelo, en paradero desconocido y en situación de rebeldía.

FALLO: que estimando la demanda presentada por la Procuradora Dña. Gloria Mora Lama en nombre y representación del Banco Santander Central Hispano, S.A., contra Dña. María Yobana Carril Antelio y D. Manuel Juan Grela Touriñán, debo condenar y condeno a los demandados a que abonen a la entidad actora la suma de diez mil quinientos setenta euros con sesenta y cuatro céntimos (10.570,64 euros), así como al pago de los intereses legales que se generen hasta su completo pago, condenándoles, igualmente al pago de las costas causadas."

Y para que sirva de notificación al demandado, expido y libro el presente en San Bartolomé de Tirajana, a 26 de noviembre de 2007.- El/la Magistrado-Juez.- El/la Secretario.

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