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"Asunto: requerimiento de subsanación de defectos (artē. 71).
En relación con el escrito de fecha 25 de septiembre de 2007, registrado de entrada en este Servicio Canario de Empleo el mismo día con el nē 1186750/83204, presentado por D. Santiago Infante Valero, en calidad de representante, por el que solicita la disolución de la entidad Asesoramiento y Gestión Sainf, S.L.L., aportando para ello primera copia de escritura pública de acuerdos sociales, autorizada por el Notario, con residencia en Santa Cruz de Tenerife, de fecha 26 de diciembre de 2006, D. Nicolás Quintana Plasencia, con número de protocolo 4711; y Mod. 600 de la (Administración Tributaria Canaria), se le informa que:
ˇ Deberá aportar Copia Simple (original) de la escritura antes mencionada, según se establece en el artē. 2 del Real Decreto 2.114/1998, de 2 de febrero, sobre Registro Administrativo de Sociedades Laborales.
Por lo expuesto y a tenor de lo establecido en el artē. 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; se le requiere para que en el plazo de 10 días hábiles, contados a partir de la notificación de este escrito, presente ante este organismo la documentación que se interesa. En otro caso, se le tendrá desistido de su petición, previa resolución que será dictada en los términos previstos en el artē. 42 del mismo cuerpo legal.- Santa Cruz de Tenerife, a 30 de noviembre de 2007.- El Subdirector de Promoción de la Economía Social."
Santa Cruz de Tenerife, a 19 de febrero de 2008.- El Director, Alberto Génova Galván.
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