Estás en:
Habiéndose intentado infructuosamente la notificación por escrito a Auna Telecomunicaciones, S.A., por encontrarse en ignorado paradero, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace público, a efectos de notificación, que por el Sr. Director Insular se ha dictado Resolución, de fecha 7 de febrero de 2007, recaída en el expediente AC 3/2007 de calificación, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
"Conceder el trámite de audiencia por plazo de veinticinco (25) días al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Candelaria y a Auna Telecomunicaciones, S.A. para que puedan alegar lo pertinente sobre la información adicional solicitada, que se deberá aportar en anexo a proyecto, por duplicado ejemplar, realizado por técnico competente y visado por el correspondiente Colegio Oficial y que es la siguiente:
- Descripción, con la debida extensión y detalle, de las características de la actividad, su posible repercusión sobre la sanidad ambiental y los sistemas correctores que habrán de utilizarse, con expresión de su grado de eficacia y garantía de seguridad, dado que en proyecto se describe la actividad como nodo primario, y posteriormente como almacén. Asimismo, se aportarán datos justificativos de los niveles de ruido máximo en el interior del local, aislamiento acústico de paredes, techos y suelos, y nivel máximo de ruidos emitidos al exterior."
Santa Cruz de Tenerife, a 25 de febrero de 2008.- El Jefe del Servicio, Jesús Bernardos Correa.
© Gobierno de Canarias