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2008/045 - Lunes 3 de Marzo de 2008

IV. ANUNCIOS
Administración Local
Cabildo Insular de Tenerife

Regresar al sumario 777 ANUNCIO de 25 de febrero de 2008, relativo a notificación de la Resolución de 1 de junio de 2006, recaída en el expediente AC 257/2006 de calificación.

Habiéndose intentado infructuosamente la notificación por escrito a Nicola Parisi, por encontrarse en ignorado paradero, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace público, a efectos de notificación, que por el Sr. Director Insular se ha dictado Resolución, de fecha 1 de junio de 2006, recaída en el expediente AC 257/2006 de calificación, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:

"Conceder el trámite de audiencia por plazo de veinticinco (25) días al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Adeje y a Nicola Parisi para que puedan alegar lo pertinente sobre la información adicional solicitada, que se deberá aportar en anexo a proyecto, por duplicado ejemplar, realizado por técnico competente y visado por el correspondiente Colegio Oficial y que es la siguiente:

- Aplicación y cumplimiento de la Norma Básica de la Edificación sobre Condiciones de Protección Contra Incendios NBE-CPI/96, incidiendo de manera expresa en los siguientes aspectos:

ˇ Cálculo de la ocupación prevista en la totalidad de la actividad tomando como valores de densidad de ocupación los que se indican en el artē. 6, en caso de superarse las 50 plazas, se aplicarán las condiciones previstas en el anexo 2 (Edificación) del Decreto 227/1997, de 18 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 8/1995, de 6 de abril, de accesibilidad y supresión de barreras físicas y de la comunicación.

ˇ Artē. 7 Evacuación.

ˇ Descripción de los elementos constructivos y materiales (muros, tabiques, pilares, forjados, cubiertas, etc.) del local donde se ubica la actividad y características del comportamiento ante el fuego de éstos conforme al capítulo 3.

ˇ Descripción de la eficacia de los extintores.

- Estudio pormenorizado de la insonorización proyectada del local donde se expresen los datos técnicos necesarios que avalen una correcta eficacia de la misma, con planos de detalles de los diferentes elementos constructivos. Datos del aislamiento acústico de paredes, techos, suelos, puertas y ventanas y previsión de los niveles de ruidos que se emitirán tanto en el interior como en el exterior del local.

- Al pretenderse emitir humos, vahos, olores, aires contaminados, etc. a la atmósfera se deberá justificar debidamente con planos de detalle, descripción de las características, etc., que las extracciones previstas serán realizadas por conducto independiente hasta la cubierta de la edificación, donde no molesten a vecinos ni transeúntes, salvo que las disposiciones municipales las permitan explícitamente a otros lugares. Asimismo, se deberá justificar que el conducto estará provisto de aislamiento y revestimiento suficientes para evitar que la radiación de calor y que la producción y/o transmisión de ruidos y vibraciones se transmita a las propiedades contiguas."

Santa Cruz de Tenerife, a 25 de febrero de 2008.- El Jefe del Servicio, Jesús Bernardos Correa.

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