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2008/045 - Lunes 3 de Marzo de 2008

IV. ANUNCIOS
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Consejería de Empleo, Industria y Comercio

Regresar al sumario 771 Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 14 de febrero de 2008, del Director, relativo a notificación de resolución por la que se declara parcialmente justificada la subvención concedida a la entidad José Alberto Acosta Sánchez, S.L.- Expte. nē 30/02 I+E (subv. contr. indef.).

Intentada, sin que se haya podido practicar, la notificación de resolución citada en el domicilio señalado a tales efectos por el interesado y mediante inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, se procede, conforme a lo establecido en el artē. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación de resolución por la que se declara parcialmente justificada la subvención concedida a la entidad José Alberto Acosta Sánchez, S.L., de fecha 30 de agosto de 2007, nē 07-38/2197, cuyo tenor literal es el siguiente:

Resolución por la que se declara parcialmente justificada la subvención concedida a la entidad José Alberto Acosta Sánchez, S.L.

Visto el expediente 30/02 I+E, en aplicación de la normativa vigente, resultan los siguientes antecedentes y fundamentos jurídicos.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Resolución del Director del Instituto Canario de Formación y Empleo, dictada por delegación del Presidente nē 6.002, de fecha 21 de octubre de 2002, se concedió a la entidad José Alberto Acosta Sánchez, S.L., con C.I.F./N.I.F. B38708723, una subvención por importe de diecinueve mil doscientos treinta y dos euros con treinta y nueve céntimos (19.232,39 euros), por la contratación indefinida a jornada completa de los trabajadores desempleados D. Iván Díaz Pérez, N.I.F. 42.182.426N, D. Gustavo Díaz Díaz, N.I.F. 42.183.855S, Dña. Adalgot Hernández Paz, N.I.F. 42.189.472C y D. Fermín Nicasio Hernández Torres, N.I.F. 41.966.877L, en los términos que se señalan en la Resolución de concesión y en cumplimiento de lo dispuesto en la Sección 2Ē del Título III (artículos 21 a 25) de la Orden de 15 de julio de 1999, por la que se establecen las bases de concesión de subvenciones públicas para el fomento del desarrollo local e impulso de los proyectos y empresas calificados como I+E (B.O.E. de 31.7.99).

Segundo.- Tanto el artículo 25 de la Orden de 15 de julio de 1999, como la propia Resolución de concesión, establecen la obligación del beneficiario de la subvención de mantener el nivel de plantilla de trabajadores contratados indefinidamente y de los socios trabajadores de cooperativas y sociedades laborales durante al menos tres años. Cuando en dicho plazo se produzca el cese de trabajadores fijos o socios trabajadores, salvo en los supuestos de fuerza mayor, la empresa antes de transcurrido el plazo de un mes está obligada a sustituirlos al menos por la misma jornada sin que dicha contratación dé lugar a una nueva subvención.

Tercero.- Del preceptivo control de plantillas que realiza este Organismo sobre los trabajadores contratados indefinidamente y los socios trabajadores de cooperativas y sociedades laborales, queda acreditado que el beneficiario ha cumplido solo parcialmente con su obligación de justificar la subvención concedida, por cuanto D. Iván Díaz Pérez con alta el 1 de agosto de 2002, causó baja laboral el 25 de septiembre de 2003 "sustituyéndose" extemporáneamente por Dña. María del Cristo Pérez Pereyra, N.I.F. 42.177.617-X, desde el 2 de enero de 2003, por lo que sólo justifica 420 días. Además, el resto de los trabajadores subvencionados no estuvieron en alta en la Seguridad Social durante los 3 años mencionados en el apartado anterior, ya que Dña. Adalgot Hernández Paz con alta en la Seguridad Social el 1 de agosto de 2002, causó baja el 31 de agosto de 2003, siendo sustituida por D. Héctor Pérez Pérez, N.I.F. 42.178.011J, el 30 de septiembre de 2003 que causó baja el 7 de mayo de 2004, siendo sustituido a su vez por D. Abel Álvarez Armas, N.I.F. 42.179.689N, el 4 de junio de 2004 que también causó baja laboral el 22 de octubre de 2004 y finalmente sustituido extemporáneamente por D. Héctor Pérez Pérez, N.I.F. 42.178.011J el 10 de diciembre de 2004, reuniendo entre el trabajador inicial y los sustitutos que han sido debidamente contratados sólo 757 días. En cuanto a D. Gustavo Díaz Díaz con alta el 1 de agosto de 2002 y baja laboral el 5 de noviembre de 2002, fue sustituido por D. Pedro M. Rodríguez Pérez, N.I.F. 42.156.857L, desde el 18 de noviembre de 2002 al 7 de marzo de 2005, reuniendo entre ambos sólo 937 días en alta. Y por último D. Fermín N. Hernández Torres en alta desde el 1 de agosto de 2002 hasta el 15 de mayo de 2003, sustituido por D. Víctor M. Fernández Díaz, N.I.F. 42.185.261L, desde el 12 de junio de 2003 hasta el 7 de marzo de 2005, sólo suman 922 días en alta.

Cuarto.- Hacer constar que obran en el expediente Resoluciones nē 06-38/0250, de 3 de febrero de 2006 y 07-38/0458, de 27 de febrero de 2007, de la Directora del Servicio Canario de Empleo, notificadas al beneficiario el 10 de febrero de 2006 y 2 de marzo de 2007, respectivamente, por las que se declaran procedentes los reintegros parciales de la subvención concedida, por los motivos expuestos en el apartado anterior de la presente Resolución, la primera por Dña. Adalgot Hernández Paz y la segunda por el resto de los trabajadores, siendo el principal a reintegrar en la Resolución nē 06-38/0250 por importe de dos mil novecientos sesenta y tres euros con noventa céntimos (2.963,90 euros), y en la Resolución nē 07-38/0458 por dos mil novecientos treinta y siete euros con cincuenta y cinco céntimos (2.937,55 euros).

Quinto.- Con nē 06-38/0799, de 27 de abril de 2006, consta en el expediente Resolución por la que se rectifican errores materiales detectados en la Resolución nē 06-38/0250, de 3 de febrero de 2006, notificada al beneficiario el 11 de marzo de 2006, en el sentido de que en el punto primero de la parte resolutiva donde consta la identificación fiscal de la entidad José Alberto Acosta Sánchez, S.L. con el N.I.F. 42.175.152Y, se rectifica por el C.I.F. B38708723.

Sexto.- Asimismo, obra en el expediente referenciado, Orden de la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales nē 405, de 24 de mayo de 2007, notificada al beneficiario el 4 de junio de 2007, por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto por D. José Alberto Acosta Sánchez en nombre y representación de la entidad José Alberto Acosta Sánchez, S.L. con fecha de registro de entrada en este organismo 7 de marzo de 2006, contra la Resolución nē 06-38/0250, de fecha 3 de febrero de 2006.

A los citados hechos les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Es competente para conocer el presente procedimiento de justificación parcial la Directora del Servicio Canario de Empleo, según recoge el artículo 9.1.c) de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo (B.O.C. nē 80, de 28.4.03), en relación con el artículo 41.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (B.O.E. de 18.11.03).

Segundo.- Resulta de aplicación al procedimiento de justificación lo previsto en la Orden de 15 de julio de 1999, cuya gestión fue transferida a la Comunidad Autónoma de Canarias mediante Real Decreto 150/1999, de 29 de enero (B.O.E. de 17 de febrero), modificado por Real Decreto 939/1999, de 4 de junio (B.O.E. de 25 de junio), gestión atribuida al Servicio Canario de Empleo por la Ley 12/2003, de 4 de abril (B.O.C. de 28 de abril), en relación con el Decreto 150/2001, de 23 de julio (B.O.C. de 3 de agosto) y 155/2002, de 24 de octubre (B.O.C. de 15 de noviembre).

Tercero.- Tal y como se ha señalado en el antecedente de hecho tercero de la presente Resolución, la entidad beneficiaria sólo ha cumplido parcialmente con las obligaciones exigidas en la normativa reguladora de la presente subvención, por lo que procede declarar justificada parcialmente la subvención de referencia.

Por cuanto antecede,

R E S U E L V O:

Primero.- Declarar justificada parcialmente la subvención concedida a la entidad José Alberto Acosta Sánchez, S.L., con C.I.F./N.I.F. B38708723, mediante Resolución nē 6.002, de fecha 21 de octubre de 2002, por importe de trece mil trescientos treinta euros con noventa y cinco céntimos (13.330,95 euros), sin perjuicio de las actuaciones de comprobación e inspección a efectuar por el Servicio Canario de Empleo y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, así como a las de control financiero que correspondan a la Intervención General del Estado y de la Comunidad Autónoma de Canarias, con independencia de las que pueda efectuar, en su caso, el Tribunal de Cuentas del Estado y la Audiencia de Cuentas de Canarias, así como la Comisión y el Tribunal de Cuentas de la Unión Europea en el supuesto de cofinanciación por el Fondo Social Europeo, consecuencia de los cuales pudieran derivarse nuevos incumplimientos.

Segundo.- Notificar esta Resolución al interesado en el expediente respectivo con la indicación de que contra la misma, al no poner fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en los artículos 114 y 115 en relación con el artē. 48.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nē 285, de 27.11.92), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nē 12, de 14.1.99), sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente.- El Director, p.s., el Secretario General [(artē. 8, punto 3.A) del Decreto 118/2004, de 29 de julio, por el que se aprueba la estructura orgánica y funcionamiento del Servicio Canario de Empleo)], Emiliano Santana Ruiz.

Este acto administrativo ha sido propuesto en Santa Cruz de Tenerife, a 27 de agosto de 2007, por la Subdirectora de Empleo, p.a., la Jefa de Servicio de Empleo I (Acuerdo de 30.11.04), María Carmen Armada Estévez.

Lo que notifico a Vd., en cumplimiento a lo establecido en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.- El Jefe de Negociado de Empleo IV, José Juan Expósito Bethencourt.

Santa Cruz de Tenerife, a 14 de febrero de 2008.- El Director, Alberto Génova Galván.

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