Gobierno de CanariasBOC
Página principalÚltimos boletinesArchivo boletines publicadosBúsquedas sencillasBúsquedas potentesDisposición en formato PDF Página anteriorSumarioPágina Siguiente
None
2008/045 - Lunes 3 de Marzo de 2008

IV. ANUNCIOS
Otros anuncios
Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

Regresar al sumario 764 Viceconsejería de Pesca.- Anuncio de 18 de febrero de 2008, por el que se requiere a los interesados de las subvenciones reguladas en el anexo I de la Orden de 14 de agosto de 2007, que convoca para el ejercicio 2007 las subvenciones directas con finalidad estructural cofinanciadas por la Unión Europea (I.F.O.P.) para equipamiento y modernización de buques pesqueros (B.O.C. nš 170, de 24.8.07), cuyas solicitudes no reúnen los requisitos exigidos, o no acompañan la documentación preceptiva prevista en dicha Orden.

Mediante el anexo I de la Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de 14 de agosto de 2007, se convocaron para el ejercicio 2007, las subvenciones directas destinadas al equipamiento y modernización de buques pesqueros.

El apartado 2 de la base sexta del anexo I establece que la Viceconsejería de Pesca llevará a cabo los actos de instrucción necesarios para determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba pronunciarse la resolución, y si se acompaña a la misma la documentación preceptiva, requiriéndose en caso contrario, al interesado, mediante publicación en el Boletín Oficial de Canarias, para que en el plazo de 10 días, subsane y/o complete los documentos y/o datos que deben presentarse, advirtiéndole de que si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que será dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En cumplimiento de lo anteriormente expuesto,

Se requiere a los interesados relacionados en el anexo que se acompaña, para que en el plazo de diez días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este requerimiento en el Boletín Oficial de Canarias, subsanen y/o completen los documentos y/o datos que se detallan en el citado anexo conforme a la base 4 del anexo I de la citada Orden de 14 de agosto de 2007, con la expresa advertencia de que si así no lo hiciesen y de conformidad con lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se les tendrá por desistido de su petición.

Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de febrero de 2008.- El Viceconsejero de Pesca, Víctor Jordán González de Chaves.

< Ver anexos - Página/s 3357-3360 >
None
© GOBIERNO DE CANARIAS