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2008/044 - Viernes 29 de Febrero de 2008

III. OTRAS RESOLUCIONES
Consejería de Empleo, Industria y Comercio

Regresar al sumario 302 ORDEN de 20 de febrero de 2008, por la que se aprueban las tarifas del servicio público de abastecimiento de agua a poblaciones, para su aplicación en el municipio de Santa Cruz de Tenerife.

Examinado el expediente tramitado en la Dirección General de Comercio para resolver la petición formulada para la modificación de las tarifas del servicio público de abastecimiento de agua a poblaciones, para su aplicación en el municipio de Santa Cruz de Tenerife.

Vista la propuesta formulada por el Director General de Comercio.

ANTECEDENTES

Primero.- Con fecha 14 de diciembre de 2007 se presenta ante este Departamento solicitud de modificación de las tarifas del servicio público de abastecimiento de agua a poblaciones, propuesta por la Entidad gestora del servicio, ENMASA, para su aplicación en el municipio de Santa Cruz de Tenerife. Asimismo se presenta toda la documentación necesaria para la tramitación del expediente.

Segundo.- Con fecha 20 de diciembre de 2007, el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife traslada a este Departamento propuesta de modificación de las tarifas.

Tercero.- El Grupo de Trabajo de la Comisión Territorial de Precios de Santa Cruz de Tenerife, en sesión celebrada el día 11 de febrero de 2008, elaboró el correspondiente informe, acordándose su elevación al Pleno de la Comisión.

Cuarto.- A la vista del informe, la Comisión Territorial de Precios de Santa Cruz de Tenerife, en sesión plenaria celebrada el mismo día 11 de febrero de 2008, dictaminó emitir propuesta para aprobar las tarifas solicitadas por el Ayuntamiento, todo ello sobre la base de las consideraciones reflejadas en el Acta de la sesión y en el informe del Grupo de Trabajo, que deberán ser debidamente notificados a los interesados.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El expediente ha sido tramitado con sujeción al procedimiento establecido en el Decreto 64/2000, de 24 de abril, por el que se regula el procedimiento para la implantación y modificación de precios de los bienes y servicios autorizados y comunicados de ámbito autonómico.

Seguida.- A este expediente le resultan de aplicación la Ley 7/1985; de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 3.173/1983, de 19 de noviembre; el Real Decreto-Ley 7/1996, de 7 de junio, sobre medidas urgentes de carácter fiscal y de fomento de la liberalización de la actividad económica, por el que se modifica el régimen de precios do determinados bienes y servicios.

Vistos, además de los preceptos citados, los Decretos Territoriales 206/2007, de 13 de julio, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías; 172/2007, de 17 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, modificado por los Decretos 301/2007, de 31 de julio, y 335/2007, de 4 de septiembre; el Decreto 405/2007, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería Empleo, Industria y Comercio, y demás disposiciones de aplicación.

En uso de las competencias que tengo atribuidas,

R E S U E L V O:

Aprobar las tarifas del servicio público de abastecimiento de agua a poblaciones, para su aplicación en el municipio de Santa Cruz de Tenerife (isla de Tenerife), las males quedarán establecidas en las cuantías siguientes:

TARIFAS DE CONSUMO DOMÉSTICO DE APLICACIÓN BIMESTRAL.

Cuota de Servicio:

Calibre del contador	Importe
13	14,30 euros
15	14,30 euros
20	30,97 euros
25	48,40 euros
30	69,68 euros
40, 50, 65 y 80	124,33 euros
Tarifas según consumos:

a) Doméstico General

Bloque de consumo	Importe en euros
De 1 a 10 m3	0,41 euros/m3
De 11 a 20 m3 	0,50 euros/m3
De 21 a 40 m3 	1,28 euros/m3
De 41 a 60 m3 	1,56 euros/m3
Mas de 60 m3 	2,02 euros/m3
b) Doméstico para familias numerosas.

Bloque de consumo	Importe en euros
De 1 a 10 m3	0,41 euros/m3
De 11 a 20 m3 	0,50 euros/m3
De 21 a 40 m3 	1,28 euros/m3
De 41 a 60 m3 	1,28 euros/m3
Más de 60 m3 	1,37 euros/m3
TARIFAS DE CONSUMO NO DOMÉSTICO DE APLICACIÓN BIMESTRAL.

Calibre del contador	Importe
13	17,71 euros
15	17,71 euros
20	41,78 euros
25	65,29 euros
30	93,97 euros
40	167,04 euros
50, 65, 80, 100, 125, 150 y 200	260,97 euros
Tarifas según consumos:

Bloque de consumo	Importe en euros
De 1 a 10 m3	0,59 euros/m3
De 11 a 20 m3 	0,98 euros/m3
Más de 20 m3 	2,44 euros/m3
CUOTA DE MANTENIMIENTO DE CONTADORES PARA TODOS LOS CONSUMOS:

Calibre del contador	Importe
13	0,38 euros
15	0,44 euros
20	0,55 euros
25	0,86 euros
30	1,19 euros
40	1,84 euros
50	6,42 euros
65	7,93 euros
80	10,26 euros
100	13,17 euros
125	16,81 euros
150	19,55 euros
200	22,40 euros
Estas tarifas surtirán efecto a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante esta Consejería, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación o publicación de la presente resolución; o, directamente, recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en Las Palmas, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación o publicación. En el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa del recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 20 de febrero de 2008.

EL CONSEJERO DE EMPLEO,

INDUSTRIA Y COMERCIO,

Jorge Marín Rodríguez Díaz.

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