Gobierno de CanariasBOC
Página principalÚltimos boletinesArchivo boletines publicadosBúsquedas sencillasBúsquedas potentesDisposición en formato PDF Página anteriorSumarioPágina Siguiente
None
2008/043 - Jueves 28 de Febrero de 2008

IV. ANUNCIOS
Otras Administraciones
Juzgado de 1ª Instancia nº 1 (Antiguo mixto nº 1) de La Laguna

Regresar al sumario 720 EDICTO de 19 de diciembre de 2007, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio ordinario nº 0000532/2003.

Dña. María José Benítez Soriano, Secretaria Judicial, del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 (Antiguo mixto nº 1) de La Laguna y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado de mi cargo se ha dictado la sentencia, en los autos que luego se dirá cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:

En San Cristóbal de La Laguna, a veintidós de mayo de dos mil seis.

Vistos por mí, Dña. Gabriela Reverón González, Magistrado-Juez de Primera Instancia nº Uno de esta ciudad y su Partido, los presentes autos de juicio ordinario nº 532/03, promovidos por el procurador de los tribunales D. Nicolás Díaz de Paíz, en nombre y representación de la entidad mercantil "Instaladora de Teléfonos y Radio Telecomunicaciones, S.L.", defendida por el letrado D. Iñigo Díaz de Bustamante y Terminel contra la entidad mercantil "Grupo Winn-7, S.L." representada por el procurador D. Francisco Toledano Toledano y defendido por el letrado D. José Santiago Martínez Martínez, contra D. Carlos Alberto Vedovelli Orán y D. Ezequiel Neyi Cáceres, incomparecidos en autos y declarados en situación procesal de rebeldía y contra D. José Manuel León Hernández representado por la procuradora Dña. Pilar Reboso Machín y defendido por el letrado D. Francisco Javier Sosa León.

FALLO

Que estimando en parte la demanda promovida por el procurador de los tribunales D. Nicolás Díaz de Paíz, en nombre y representación de la entidad mercantil "Instaladora de Teléfonos y Radio Telecomunicaciones, S.L.", defendido por el letrado D. Iñigo Díaz de Bustamante contra la entidad mercantil "Grupo Winn-7, S.L.", representada por el procurador D. Francisco Toledano Toledano y defendida por el letrado D. José Santiago Martínez Martínez, contra D. Carlos Alberto Vedovelli Orán y D. Ezequiel Neyi Cáceres, incomparecidos en autos y declarados en situación procesal de rebeldía y contra D. José Manuel León Hernández, representado por la procuradora Dña. Pilar Reboso Machín y defendido por el letrado D. Francisco Javier Sosa León, debo declarar y declaro resuelto el contrato de servicios de colaboración entre Intertel, S.L. y el Grupo Winn-7, S.L. en fecha 18 de abril de 2000, condenando a los administradores, D. Carlos Alberto Vedovelli Orán y D. José Ezequiel Neyi Cáceres, al abono a la actora de la cantidad de treinta y tres mil trescientos cincuenta y ocho euros con treinta y tres céntimos en concepto de daños y perjuicios causados; con más los intereses legales; en materia de costas procesales, cada parte abonará las causadas a su instancia y las comunes por mitad.

Asimismo, debo absolver y absuelvo a D. José Manuel León Hernández de todos los pedimentos contenidos en la demanda; y ello con expresa imposición de las costas procesales a la entidad demandante.

Esta resolución no es firme, contra la misma cabe recurso de apelación ante este juzgado, de conformidad con lo preceptuado por los artículos 455 y siguientes, todos ellos de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, que se preparará en el plazo de cinco días, y del que conocerá en su caso la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.

Así, por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado D. Carlos Vedovelli Orán, declarado en rebeldía, y en paradero desconocido, expido y libro el presente en La Laguna, a 19 de diciembre de 2007.- El/la Secretaria Judicial.

None
© GOBIERNO DE CANARIAS