

|
|
|
R E S U E L V O:
Primero.- Notificar a D. Carlos Javier López Suárez y a Dña. Sonia de León Rodríguez, la Resolución de fecha 14 de enero de 2008, recaída en el expediente con referencia 652/07-U que dice textualmente:
Examinado el procedimiento sancionador de referencia 652/07-U, tramitado por esta Agencia contra D. Carlos Javier López Suárez y Dña. Sonia de León Rodríguez, y atendiendo a los siguientes
ANTECEDENTES
IPor Resolución del Ilmo. Sr. Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural de fecha 7 de septiembre de 2007 se inició procedimiento sancionador a D. Carlos Javier López Suárez y Dña. Sonia de León Rodríguez por la realización de obras consistentes en construcción de vivienda de dos plantas de aproximadamente 190 m2, en el lugar conocido como La Garimba, en el término municipal de Tacoronte, como presunto responsable de una infracción administrativa al Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, al realizarla sin la correspondiente calificación territorial y/o licencia municipal.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
IEl Director Ejecutivo de Protección del Medio Urbano y Natural es competente para iniciar, instruir y resolver los procedimientos sancionadores, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 190.c).2 y 229 del precitado Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, en relación con el artículo 19 del Decreto 189/2001, de 15 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.
II
Al haber transcurrido más de dos meses desde la fecha en que se inició el procedimiento sin haberse practicado la notificación de éste al imputado, de conformidad con el artículo 6.2 del Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, procede archivar el procedimiento sancionador sin perjuicio de la iniciación de nuevo procedimiento.
III
Visto el expediente administrativo, informes emitidos, disposiciones citadas y demás normas de general y concordante aplicación, y, habiéndose observado todas las prescripciones legales,
R E S U E L V O:
Primero.- Declarar la caducidad del procedimiento sancionador 652/07-U iniciado contra D. Carlos Javier López Suárez y Dña. Sonia de León Rodríguez Resolución del Ilmo. Sr. Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural de fecha 7 de septiembre de 2007, y consecuente archivo de las actuaciones por el mismo sin perjuicio de la iniciación de nuevo procedimiento sancionador.
Notificar la presente resolución al infractor y demás interesados, advirtiéndoles de que contra la misma cabe interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Política Territorial y Medio Ambiente, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente de su notificación, y sin perjuicio de la interposición en su caso de cualquier otro que estime pertinente.
Segundo.- Remitir la presente Resolución al Servicio de Publicaciones del Gobierno de Canarias, para su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, y al correspondiente Ayuntamiento para su inserción en el tablón de edictos.
Santa Cruz de Tenerife, a 13 de febrero de 2008.- El Director Ejecutivo, Pedro Pacheco González.
| © GOBIERNO DE CANARIAS |