Gobierno de CanariasBOC
Página principalÚltimos boletinesArchivo boletines publicadosBúsquedas sencillasBúsquedas potentesDisposición en formato PDF Página anteriorSumarioPágina Siguiente
None
2008/042 - Miércoles 27 de Febrero de 2008

III. OTRAS RESOLUCIONES
Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda

Regresar al sumario 290 ORDEN de 18 de febrero de 2008, por la que se convocan y establecen las bases para la concesión del Galardón y los Premios "Joven Canarias 2008".

El Decreto 203/2000, de 23 de octubre (B.O.C. nº 149, de 13 de noviembre), instituyó con carácter anual el Galardón y los Premios "Joven Canarias", para reconocer trayectoria de servicios y actuaciones relevantes de carácter social, cultural, artístico, científico o deportivo, o de emprendeduría a favor de la juventud canaria.

El artículo 4 del referido Decreto dispone que, en el primer trimestre de cada año, por el Consejero competente en materia de juventud se procederá a la convocatoria pública del Galardón y de los Premios "Joven Canarias", determinándose el lugar y el plazo de presentación de las candidaturas y la cuantía de los Premios y accésit.

La presente convocatoria queda excluida del ámbito de aplicación de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Ley General de Subvenciones, en virtud de lo dispuesto en su artículo 4.a). Premios que se otorguen sin la previa solicitud del beneficiario.

En su virtud, en cumplimiento del citado mandato y en uso de las facultades que tengo conferidas,

D I S P O N G O:

Primero.- Convocatoria.

Se convoca el Galardón y los Premios "Joven Canarias 2008", para reconocer trayectorias de servicios y actuaciones relevantes de carácter social, cultural, artístico, científico o deportivo, o de emprendeduría a favor de la juventud canaria.

Segundo.- Galardón.

El Galardón consistirá en una figura realizada en bronce, con pedestal de cantería de Arucas que presentará un motivo relacionado con la juventud.

Tercero.- Premios.

En el presente ejercicio económico, las cantidades destinadas a los Premios y accésit, son las siguientes:

- Para cada uno de los Premios, colectivo e individual: seis mil diez euros con doce céntimos (6.010,12 euros).

- Para cada uno de los accésit, al premio colectivo o individual: tres mil cinco euros con seis céntimos (3.005,06 euros).

Cuarto.- Financiación.

El importe de los Premios y accésit será financiado con cargo a los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Canarias para el ejercicio económico 2008, y serán imputados con cargo a la aplicación presupuestaria 2008.23.09.323A.227.06, donde existe crédito adecuado y suficiente para ello.

Quinto.- Presentación de candidaturas.

Las candidaturas, para el Galardón y los Premios que se propongan por las entidades contempladas en el artículo 5 del Decreto 203/2000, deberán realizarse conforme al modelo que figura como anexo I a la presente Orden.

Sexto.- Lugar de presentación.

Las candidaturas deberán presentarse en la sede de la Dirección General de Juventud, sita en la calle Agustín Millares Carlo, 18, Edificio de Servicios Múltiples II, 4ª planta, 35071-Las Palmas de Gran Canaria; o en la Avenida San Sebastián, 53, Edificio Príncipe Felipe, 3ª planta, 38071-Santa Cruz de Tenerife. En el sobre deberá hacerse constar la siguiente inscripción: Para el Galardón y los Premios "Joven Canarias 2008".

Las candidaturas podrán, también, presentarse en los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Séptimo.- Plazo de presentación.

El plazo para la presentación de las candidaturas es de cuarenta y cinco días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.

Octavo.- Aceptación.

Las candidaturas propuestas, tanto para el Galardón como para los Premios, deberán contar con la previa aceptación expresa de los candidatos, en la forma que figura en los modelos que acompañan a la presente Orden como anexos II, III y IV.

Noveno.- Documento justificativo.

Las propuestas deberán adjuntar un dossier explicativo y justificativo de la/s candidatura/s propuesta/s.

Décimo.- Limitación.

Sólo se podrá presentar una candidatura, por entidad, tanto para el Galardón como para los Premios.

Undécimo.- Fallo del Jurado.

El fallo del Jurado designado al efecto se producirá antes del día treinta de junio de 2008.

Duodécimo.- Aceptación de las bases.

La participación en la presente convocatoria significa su total aceptación, y la inobservancia de alguno de los extremos de la misma conllevará la exclusión de la propuesta.

DISPOSICIÓN FINAL

Única.- La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 18 de febrero de 2008.

LA CONSEJERA DE BIENESTAR SOCIAL,

JUVENTUD Y VIVIENDA,

Inés Nieves Rojas de León.

< Ver anexos - Página/s 3081-3085 >
None
© GOBIERNO DE CANARIAS