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BOC Nº 039. Viernes 22 de Febrero de 2008 - 636

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Icod de los Vinos

636 - EDICTO de 23 de enero de 2008, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio ordinario nº 0000070/2004.

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JUZGADO DE: Primera Instancia nº 1 de Icod de los Vinos.

JUICIO: ordinario 0000070/2004.

PARTE DEMANDANTE: Banesto, S.A.

PARTE DEMANDADA: D. Juan Dotor González.

SOBRE: materia.

En el juicio referenciado, se ha dictado la sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

SENTENCIA

En Icod de los Vinos, a 30 de enero de 2007.

Vistos por mí, María Cristina González Padrón, Juez sustituta del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Icod de los Vinos los presentes autos de juicio ordinario sobre reclamación de cantidad seguidos en este Juzgado con el nº 70/2004, a instancia de la entidad mercantil "Banco Español de Crédito, S.A.", representada por el Procurador de los Tribunales D. Gustavo Magec Luis Ojeda y bajo la dirección técnica del Letrado D. Carlos Gómez Sirvent, contra D. Juan Dotor González, en situación de rebeldía procesal; todo ello con arreglo a los siguientes.

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo estimar la demanda presentada por el Procurador D. Gustavo Magec Luis Ojeda, en nombre y representación de la entidad mercantil Banco Español de Crédito, S.A., frente a D. Juan Dotor González y, en consecuencia, debo condenar y condeno al demandado a que abone al Banco Español de Crédito, S.A. la cantidad de tres mil treinta euros con veinticuatro céntimos, más la cantidad que resulte en concepto de interés legal que devengue la expresada cantidad desde el vencimiento de la obligación de pago hasta su efectivo pago; así como al pago de las costas procesales causadas en el presente procedimiento.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, informándoles de que la misma no es firme y que contra ella cabe recurso de apelación que se preparará ante este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes al que se notifique esta resolución y del que conocerá, en su caso, la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 23 de enero de 2008 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4, 164 y 497 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto.

En Icod de los Vinos, a 23 de enero de 2008.- La Secretario Judicial.

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