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Santa Cruz de Tenerife, a 31 de enero de 2008.- El Secretario General, Fernando Ríos Rull.
A N E X O
ACUERDO DE LA COMISIÓN BILATERAL DE COOPERACIÓN ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO-COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS EN RELACIÓN CON LA LEY DE CANARIAS 12/2007, DE 24 DE ABRIL, DE ORDENACIÓN DEL TRANSPORTE MARÍTIMO DE CANARIAS.
1º) La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias en su reunión celebrada el día 23 de enero de 2008 ha adoptado el siguiente Acuerdo:
De conformidad con las negociaciones previas celebradas por el Grupo de Trabajo constituido por Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias, del día 24 de julio de 2007, para el estudio y propuesta de solución en relación con las discrepancias suscitadas sobre el artículo 31.7 de la Ley de Canarias 12/2007, de 24 de abril, de Ordenación del Transporte Marítimo de Canarias, ambas partes consideran solventadas las discrepancias manifestadas, a cuyos efectos la Comunidad Autónoma de Canarias se compromete a promover, en el plazo de seis meses, la modificación del apartado 7 del artículo 31 de la Ley de Canarias 12/2007, de 24 de abril, de Ordenación del Transporte Marítimo de Canarias, en los siguientes términos:
"7. La modificación de las circunstancias o requisitos acreditados para ejercer la actividad al realizar la comunicación previa, o la falsedad de la declaración responsable a que se refiere el artículo 8.3."
2º) Que por la Ministra de Administraciones Públicas se comunique este Acuerdo a la Presidenta del Tribunal Constitucional, para su conocimiento y efectos.
3º) Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de Canarias.
Madrid, a 23 de enero de 2008.- La Ministra de Administraciones Públicas, Elena Salgado Méndez.- El Vicepresidente del Gobierno de Canarias, José Manuel Soria López.
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