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2008/026 - Martes 5 de Febrero de 2008

IV. ANUNCIOS
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Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

Regresar al sumario 414 Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 22 de enero de 2008, del Director Ejecutivo, sobre notificación a D. Miguel Antonio Godoy Godoy, de la Resolución recaída en el expediente de R.P. 1297/2006.

No habiéndose podido practicar la notificación a D. Miguel Antonio Godoy Godoy de la Resolución del Ilmo. Sr. Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural nš 4221, de fecha 14 de diciembre de 2007, en los términos del apartado primero del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; de conformidad con el apartado cuarto del citado artículo,

R E S U E L V O:

Notificar a D. Miguel Antonio Godoy Godoy la Resolución nš 4221, de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, de fecha 14 de diciembre de 2007, recaída en el expediente instruido en esta Agencia con referencia R.P. 1297/2006, y cuya parte dispositiva dice textualmente:

"Primero.- Imponer a D. Miguel Antonio Godoy Godoy una multa de trescientos euros con cincuenta y un céntimo (300,51 euros), como responsable de la comisión de una infracción tipificada y clasificada de leve en el artículo 38.4.a) de la Ley 1/1999, de Residuos de Canarias, consistente en el ejercicio de una actividad productora de residuos peligrosos (aceites usados y filtros), sin que se haya inscrito en el Registro de Pequeños Productores de Residuos Tóxicos y Peligrosos, en el lugar conocido como Lomo Guillén, en el margen del Barranco de Guía, en el término municipal de Santa María de Guía.

Segundo.- Imponer a D. Miguel Antonio Godoy Godoy una multa de treinta mil (30.000) euros, como responsable de la comisión de una infracción tipificada y clasificada de grave en el artículo 38.3.d) en relación con el artículo 19 de la Ley 1/1999, de 29 de enero, de Residuos de Canarias, y los artículos 13, 14 y 15 del Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, de 14 de mayo, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos, modificado por el Real Decreto 952/1997, de 20 de junio y, de conformidad con el artículo 42.2 de la Ley 1/1999, de Residuos de Canarias, consistente en el incumplimiento de las determinaciones legales en la gestión y manejo de los residuos peligrosos, en lo relativo a no acreditar la entrega a gestor autorizado de los residuos peligrosos generados (aceites usados y filtros) y el almacenamiento inadecuado de los mismos, en el lugar conocido como Lomo Guillén, en el margen del Barranco de Guía, en el término municipal de Santa María de Guía.

Tercero.- Notificar la presente Resolución al infractor y demás interesados, advirtiéndole de que contra el presente acto, que agota la vía administrativa, cabe interponer potestativamente el pertinente recurso de reposición ante este Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a la notificación de la presente Resolución y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que por turno corresponda, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la notificación de la presente, de conformidad con lo establecido en los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

El cumplimiento de las obligaciones económicas se hará efectivo en el tiempo y forma que se establezca en la notificación que le remitirá la Consejería de Economía y Hacienda a este fin, una vez sea firme la resolución en vía administrativa, de conformidad con lo establecido en la Resolución de 13 de agosto de 2002, por la que se da publicidad a la suscripción del Convenio entre la Consejería de Economía, Hacienda y Comercio del Gobierno de Canarias y la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, para la prestación del servicio de gestión de cobro de los ingresos de derecho público propios de la Agencia, tanto en período voluntario como en vía ejecutiva."

Remitir la presente Resolución al Servicio de Publicaciones del Gobierno de Canarias y al correspondiente Ayuntamiento para su inserción en el tablón de edictos.

Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de enero de 2008.- El Director Ejecutivo, Pedro Pacheco González.

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