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En el tercer párrafo de la Orden, donde dice: "Visto el informe favorable de la Dirección General de Planificación y Presupuesto, emitido para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 48.5 de la Ley 12/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2007.", debe decir: "Visto el informe favorable de la Dirección General de Planificación y Presupuesto, emitido para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 45.6 de la Ley 14/2007, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2008".
En la base 4.5 de la Orden, donde dice: "El importe de la tasa a satisfacer para participar en las pruebas selectivas es de quince euros con once céntimos (15,11 euros), según lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, actualizado conforme a lo dispuesto en el artículo 62.1 de la Ley 12/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2007 [...]", debe decir: "El importe de la tasa a satisfacer para participar en las pruebas selectivas es de quince euros con cuarenta y un céntimos (15,41 euros), según lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, actualizado conforme a lo dispuesto en el artículo 58.1 de la Ley 14/2007, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2008 [...]".
En la base 12 de la Orden, Constitución de lista de reserva, donde dice: "Se constituirá una lista de reserva que se regirá por lo dispuesto en la Orden de la Consejería de Presidencia y Justicia nš 164, de 1 de junio de 2006 (B.O.C. nš 111, de 9.6.06).", debe decir: "Se constituirá una lista de reserva que se regirá por lo dispuesto en la Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad nš 350, de 20 de diciembre de 2007 (B.O.C. nš 256, de 26.12.07).
Santa Cruz de Tenerife, a 23 de enero de 2008.
EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA,
JUSTICIA Y SEGURIDAD,
José Miguel Ruano León.
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