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JUICIO: verbal LEC. 2000 0001630/2006.
PARTE DEMANDANTE: Dña. Mercedes Benavent Sancho.
PARTE DEMANDADA: D./Dña. Tomás Moreno Jiménez, Purísima Concepción Quintana Suárez y Bárbara Juana Moreno Quintana.
SOBRE: desahucio.
En el juicio referenciado, se ha dictado sentencia cuyo fallo literal es el siguiente:
"Que estimando la demanda interpuesta por Dña. Mercedes Benavent Sancho contra D. Tomás Moreno Jiménez debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento que entre ellos mediaba sobre la vivienda sita en la Avenida Mesa y López, 67, 1º, de esta ciudad, condenando al demandado a desalojarla en el plazo que marca la ley, bajo apercibimiento de lanzamiento si así no lo hiciere; y todo ello imponiendo al demandado las costas de esta primera instancia.
Así por esta mi sentencia, contra la que cabe interponer en el plazo de cinco días recurso de apelación para la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran canaria, lo pronuncio, mando y firmo."
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 24 de septiembre de 2007 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 464 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado para llevar a efecto la diligencia de notificación de la sentencia.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de septiembre de 2007.- El/la Secretario Judicial.
DILIGENCIA.- En Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de septiembre de 2007.
La extiendo yo, el/la Secretario Judicial, para hacer constar que el presente edicto ha quedado fijado en el día de hoy en el tablón de anuncios.
Doy fe.
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