

|
|
|
El puesto de trabajo de Intervención, clase primera, está reservado a la Escala de funcionarios con habilitación de carácter estatal, Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior, y su forma de provisión es la de libre designación.
El artículo 32.1 del Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio, por el que se regula la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional (B.O.E. nš 189, de 9 de agosto), en la redacción dada por el artículo decimotercero del Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, por el que se modifica la normativa reguladora de los sistemas de selección y provisión de los puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional (B.O.E. nš 163, de 9 de julio), dispone que los órganos competentes de las comunidades autónomas podrán conferir comisiones de servicios a funcionarios con habilitación de carácter nacional destinados en su propio territorio para prestar servicios dentro de éste, cuando no hubiese sido posible efectuar un nombramiento provisional, imposibilidad que ha debido quedar suficientemente acreditada en el expediente.
Lo que se hace público, a fin de que los funcionarios con habilitación de carácter estatal que estén interesados en la provisión de indicado puesto de trabajo en virtud de nombramiento provisional puedan presentar su solicitud en esta Dirección General, en el plazo de diez días contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 14 de enero de 2008.- El Director General de la Función Pública, Juan Manuel Santana Pérez.
| © GOBIERNO DE CANARIAS |