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ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Por Orden de esta Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, de 14 de agosto de 2007 (B.O.C. nš 171, de 27 de agosto), se instituyen los premios y se convoca el VI Concurso de Fomento de la Lectura y Dinamización de Bibliotecas Escolares, correspondiente al curso escolar 2006/2007, con el fin de fomentar y propiciar hábitos de lectura en la edad escolar así como la realización de actividades y proyectos educativos de dinamización de las bibliotecas escolares, tanto desde su vertiente lúdica o placentera, como en su vertiente de capacidad básica e instrumental para el aprendizaje en todas las áreas, etapas y niveles.Segundo.- Con fecha 20 de diciembre de 2007, la Intervención Delegada de la Consejería de Economía y Hacienda en la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, emite el correspondiente informe de fiscalización favorable al expediente mediante el cual se fallaban los premios correspondientes al concurso de referencia.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que establece como objetivos de las diferentes etapas educativas el desarrollar capacidades en el alumnado de conocimiento, valoración, y respeto a los aspectos básicos de la cultura, la historia y el patrimonio artístico propios (B.O.E. nš 106, de 4.5.06).Segundo.- Base decimocuarta de la Orden de 14 de agosto de 2007, por la que se instituyen los premios y se convoca el VI Concurso de Fomento de la Lectura y Dinamización de Bibliotecas Escolares correspondiente al curso escolar 2006/2007.
De acuerdo con todo lo anterior, en ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 32 de la Ley 1/1983, de 14 de abril, del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nš 11, de 30.4.83), el artículo 29 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (B.O.C. nš 96, de 1.8.90), de los artículos 4 y 5 del Decreto 113/2006, de 26 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (B.O.C. nš 148, de 1.8.06), corregido en el Boletín Oficial de Canarias nš 216, de 7 de octubre de 2007, así como el Decreto 208/2007, de 13 de julio, del Presidente, por el que se nombra a los Consejeros del Gobierno de Canarias (B.O.C. nš 141, de 14.7.07),
D I S P O N G O:
Primero.- Conceder los premios a los centros detallados a continuación, participantes en el VI Concurso de Fomento de la Lectura y Dinamización de Bibliotecas Escolares, dentro de la modalidad Experiencias de Centro "Lectura y Biblioteca".
Primer Premio: 1.800,00 euros.
DESIERTO
Segundo Premio: 1.500,00 euros.
Título del trabajo: "Descubrimos el mundo con nuestros libros".
Centro: C.E.I.P. 24 de Junio.
Código: 35001360.
Provincia: Las Palmas.
Localidad: Las Palmas de Gran Canaria.
Isla: Gran Canaria.
Tercer Premio: 1.200,00 euros.
Título del trabajo: "Conoce tu biblioteca".
Centro: C.E.I.P. El Roque.
Código: 38009151.
Provincia: Santa Cruz de Tenerife.
Localidad: Los Llanos de Aridane.
Isla: Santa Cruz de La Palma.
Accésit: 600,00 euros.
Título del trabajo: "Cuentos en familia y libro viajero".
Centro: C.E.I.P. El Risco.
Código: 35000033.
Provincia: Las Palmas.
Localidad: Agaete.
Isla: Gran Canaria.
De conformidad con la base octava, apartado A) de la Orden de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, por la que se convoca el VI Concurso de Fomento de la Lectura y Dinamización de Bibliotecas Escolares, el Jurado podrá declarar desiertos los premios, si a su juicio, los proyectos y trabajos presentados no reunieran méritos suficientes para ello, pudiendo en este supuesto proponer su adjudicación en forma de accésit. En consecuencia, el Jurado, por unanimidad, ha decidido distribuir, en forma de accésit, el primer premio, dotado con 1.800,00 euros entre los siguientes centros:
ACCÉSIT: 600,00 euros.
Título del trabajo: "Sombra y Sabiduría".
Centro: I.E.S. La Laguna.
Código: 38002821.
Localidad: San Cristóbal de La Laguna.
Provincia: Santa Cruz de Tenerife.
Isla: Tenerife.
ACCÉSIT: 600,00 euros.
Título del trabajo: "Animar a leer desde una biblioteca viva".
Centro: I.E.S. Antonio González.
Código: 38003057.
Localidad: San Cristóbal de La Laguna.
Provincia: Santa Cruz de Tenerife.
Isla: Tenerife.
ACCÉSIT: 600,00 euros.
Título del trabajo: "El libro en el espacio".
Centro: I.E.S. San Matías.
Código: 380011509.
Localidad: San Cristóbal de La Laguna.
Provincia: Santa Cruz de Tenerife.
Isla: Tenerife.
Segundo.- Conceder los premios a los centros detallados a continuación, participantes en el VI Concurso de Fomento de la Lectura y Dinamización de Bibliotecas Escolares, dentro de la modalidad Trabajos del Alumnado "Amar Leer":
- Etapa de Educación Infantil: desierto.
- Etapa de Educación Primaria:
Título del trabajo: "Recetas Mágicas".
Premio de 150,00 euros al alumno del C.E.I.P. Antonio Padrón, Samuel Joel Naranjo Moreno.
Premio de 600,00 euros al C.E.I.P. Antonio Padrón.
Localidad: Gáldar.
Código: 35000598.
Provincia: Las Palmas.
Isla: Gran Canaria.
- Etapa de Educación Secundaria Obligatoria:
Título del trabajo: "El Lienzo".
Premio de 150,00 euros al alumno del I.E.S. Schamann, Beverly Cristóbal González.
Premio de 600,00 euros al I.E.S. Schamann.
Localidad: Las Palmas de Gran Canaria.
Código: 35010208.
Provincia: Las Palmas.
Isla: Gran Canaria.
- Enseñanzas de Bachillerato, Ciclos Formativos, Educación de Personas Adultas y otros:
Título del trabajo: "Una guagua, un minuto".
Premio de 150,00 euros a la alumna del I.E.S. Villa de Firgas, Judith Lorente Arencibia.
Premio de 600,00 euros al Centro I.E.S. Villa de Firgas.
Localidad: Firgas.
Provincia: Las Palmas.
Isla: Gran Canaria.
De conformidad con la base octava, apartado B), de la Orden de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, por la que se convoca el VI Concurso de Fomento de la Lectura y Dinamización de Bibliotecas Escolares, el Jurado podrá declarar desiertos los premios, si a su juicio, los proyectos y trabajos presentados no reunieran méritos suficientes para ello, pudiendo en este supuesto proponer su adjudicación en forma de accésit en cualquiera de las etapas. El accésit sólo podrá otorgarse por una cantidad equivalente a la mitad del premio consignado para la etapa correspondiente. En consecuencia, el Jurado, por unanimidad, ha decidido distribuir el premio establecido para la Etapa de Educación Infantil, en la modalidad Trabajos del Alumnado: Amar Leer, por un total de 750,00 euros, en dos Accésit:
ACCÉSIT.
Título del trabajo: "Sady".
Premio de 75,00 euros.
Alumno del C.E.I.P. Antonio Padrón: Dailos Santana Ruiz.
Premio de 300,00 euros.
Centro: C.E.I.P. Antonio Padrón.
Código: 35000598.
Localidad: Gáldar.
Provincia: Las Palmas.
Isla: Gran Canaria.
ACCÉSIT.
Título del trabajo: "Y sigo sin entender".
Premio de 75,00 euros.
Alumna del I.E.S. Casas Nuevas: Judith Ojeda Guillén.
Centro: I.E.S. Casas Nuevas.
Código: 35009346.
Localidad: Telde.
Provincia: Las Palmas.
Isla: Gran Canaria.
Tercero.- La dotación económica de los premios y accésit, en su caso, será abonada en pagos únicos a través de libramientos extraordinarios a los centros docentes premiados, debiendo éstos a su vez proceder al abono de los premios correspondientes al alumnado concursante, de conformidad con la base duodécima de la Orden de la Sra. Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes de 14 de agosto de 2007 (B.O.C. nš 171, de 27 de agosto).
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, o bien directamente, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden, significándole que en caso de interponer recurso potestativo de reposición, no podrá acudir a la vía contencioso-administrativa hasta que aquél sea resuelto expresamente o desestimado por silencio administrativo en el plazo de un mes a contar desde que hubiera sido interpuesto el citado recurso, todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno interponer.
Santa Cruz de Tenerife, a 26 de diciembre de 2007.
LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN,
UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES,
Milagros Luis Brito.
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