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Teniendo en cuenta que en los citados procedimientos de determinación del justiprecio se constata la existencia de titulares de parcelas que son desconocidos, o que se ignore el lugar de notificación, o bien no ha prosperado la práctica de notificación realizada a diversos interesados
Teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Esta Dirección General de Energía, en el ejercicio de sus competencias,
R E S U E L V E:
1.- Que la extinta Dirección General de Industria y Energía acordó la iniciación de los procedimientos de justiprecio en relación con el expediente de urgente ocupación de referencia.
2.- Conceder un plazo de veinte días a los propietarios de las parcelas que se relacionan en el anexo que se acompaña al presente anuncio para que presenten en la Dirección General de Energía hoja de aprecio, en la que se concrete el valor en que se estime el objeto que se expropia, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Canarias. Dicha valoración habrá de ser motivada y podrá estar avalada por la firma de un perito. A estos efectos, las afecciones generadas por las servidumbres de energía eléctrica (vuelo de línea y superficie de apoyo) fueron publicadas en el Boletín Oficial de Canarias nº 160, de 17 de agosto de 2006.
3.- Los interesados a los que no se les ha podido notificar el Acuerdo de iniciación del procedimiento de determinación del justiprecio, y a los efectos de realizar la hoja de valoración económica, podrán recabar la información que consideren oportuna en la Dirección General de Energía sita en la Avenida de Anaga, 35, 7ª planta, en el término municipal de Santa Cruz de Tenerife.
Santa Cruz de Tenerife, a 10 de diciembre de 2007.- El Director General de Energía, Adrián Mendoza Grimón.
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