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De acuerdo con el artículo 48.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (B.O.E. nš 167, de 14.7.98), que establece que el órgano jurisdiccional requerirá a la Administración que le remita el expediente administrativo, ordenándole que practique los emplazamientos previstos en el siguiente artículo 49.
Teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 49.1 de la misma Ley 29/1998, que regula que la resolución por la que se acuerde remitir el expediente se notificará a cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días.
Vista la disposición alegada y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nš 285, de 27.11.92), en su actual redacción, y demás normativa de general aplicación; y en virtud de las competencias que me otorga el artículo 21 del Decreto 20/2004, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial,
R E S U E L V O:
Primero.- Ordenar la remisión del expediente administrativo nš 53/03 relativo a Proyecto de Centro Comercial C-1, en parcela C1, Playa de Tauro, Tauro, término municipal de Mogán.
Segundo.- Hacer pública la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, emplazando a cuantos aparezcan interesados en el citado recurso para que puedan comparecer en Sala y personarse en los Autos en el plazo de nueve días a partir del día siguiente a la notificación.
Las Palmas de Gran Canaria, a 29 de noviembre de 2007.- El Viceconsejero de Ordenación Territorial, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.
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