No habiéndose podido practicar la notificación a D. Carlos André Michel Vanderdrink, de la Propuesta de Resolución, de fecha 23 de noviembre de 2007, en los términos del apartado primero del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; de conformidad con el apartado cuarto del citado artículo,
R E S U E L V O:
Notificar a D. Carlos André Michel Vanderdrink, la Propuesta de Resolución, de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, de fecha 23 de noviembre de 2007, recaída en el expediente instruido en esta Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural por infracción de la legalidad urbanística con referencia R.P. 1410/06 y cuya parte dispositiva dice textualmente
"SE PROPONE
Primero.- Imponer a D. Carlos André Michel Vanderdrink, una multa de doce mil (12.000) euros, por la infracción consistente en el incumplimiento de las determinaciones legales respecto del almacenamiento y gestión de residuos peligrosos (aceites y filtros usados, y envases de pintura), toda vez que se constata la ausencia de su correcto almacenamiento, a la intemperie y sin aislamiento del suelo para evitar la contaminación del mismo, sin su correcto etiquetado, constituyen una infracción medioambiental, tipificada y clasificada de grave en el artº. 38.3.d) de la Ley 1/1999, de Residuos de Canarias en relación con los artículos 13, 14 y 15 del Real Decreto 952/1997, de 20 de junio.
Segundo.- Imponer a D. Carlos André Michel Vanderdrink, una multa de doce mil (12.000) euros, por la infracción consistente en el abandono y vertido de otros residuos industriales no peligrosos, como escombros, chatarras y restos de maquinaria y vehículos pesados y no desvirtuados por el denunciado, presuntamente constitutivos de una infracción medioambiental, tipificada y clasificada de grave en el artículo 38.3.b) de la citada Ley de Residuos, y sancionada de conformidad con el artículo 42.2 del mismo Texto Legal.
Tercero.- Requerir la reposición de las cosas a su estado anterior, procediendo a la correcta gestión de los residuos generados en la empresa, y su acreditación ante esta Administración.
Cuarto.- Notificar la presente Propuesta de Resolución a los interesados, poniendo en conocimiento de los mismos, de conformidad con el artículo 19 del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora aprobado Real Decreto 1.398/1993, de 4 de agosto, lo siguiente:
a) Que frente a esta Propuesta de Resolución puede presentar alegaciones, documentos e informaciones, en el plazo de quince días, durante los cuales queda de manifiesto el expediente.
b) A esta notificación se acompaña una relación de los documentos obrantes en el expediente a fin de que pueda obtener copia de los que estime convenientes.
c) Una vez evacuado este trámite, y vistas las alegaciones, informaciones y pruebas aportadas, se elevará todo lo actuado al Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, para que resuelva lo que proceda.
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