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BOC Nº 253. Jueves 20 de Diciembre de 2007 - 2092

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

2092 - Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 12 de diciembre de 2007, del Director, por la que se conceden distintas subvenciones con cargo al Programa Experimental en materia de Empleo, convocado por Resolución de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo de 24 de abril de 2007.

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Examinadas las diferentes solicitudes presentadas por las entidades interesadas en la concesión de una subvención de las convocadas a través de la Resolución de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo de fecha 24 de abril de 2007 (B.O.C. nº 91, de 7.5.07), en adelante "la Convocatoria", relativa a la convocatoria de subvenciones para la puesta en práctica de programas experimentales en materia de empleo, todo ello al amparo de la Orden TAS/2643/2003, de 18 de septiembre (B.O.E. de 27.9.03), por la que se regulan este tipo de subvenciones, resultan los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante la Resolución citada, se procede a aprobar la convocatoria de subvenciones para la financiación de los gastos necesarios para el desarrollo de Programas Experimentales en materia de Empleo, que cumplan los requisitos y características contemplados en la misma.

Segundo.- Se ha producido un aumento del crédito inicial establecido en la convocatoria, a través de la/s siguiente/s aplicación/es presupuestaria/s:

a) Aplicación 2007 23 01 322H 480 00 Línea de Actuación 23445301 "Programas experimentales de empleo", por un importe de treinta y nueve mil ochocientos (39.800,00) euros.

b) 2007 23 01 322H 480 00 Línea de Actuación 23445301 Remanente "Programas experimentales de empleo", por un importe de ciento cuarenta y cuatro mil (144.000,00) euros.

c) 2007 23 01 322 H 480 00 Línea de Actuación 23489702 Remanente "II PIEC Programas Experimentales en materia de Empleo", por un importe de ciento cuarenta y cuatro mil (144.000,00) euros.

Por lo que el presupuesto total para la misma, asciende a un total de tres millones cuatrocientos seis mil cuatrocientos setenta y siete (3.406.477,00) euros.

Tercero.- El plazo para la presentación de solicitudes se extendió hasta el 30 de junio de 2007, según lo consignado en el dispongo quinto de la convocatoria, habiéndose presentado el volumen de solicitudes que se recogen en el anexo I de la presente Resolución.

Cuarto.- Con fecha 15 de noviembre de 2007 se reunió el órgano colegiado al que se refiere el dispongo sexto de la Convocatoria, en relación con los artículos 22 y 24.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, emitiendo informe en el que se concreta el resultado de la evaluación efectuada en las solicitudes de subvención presentadas.

Quinto.- Visto el informe favorable de fiscalización previa limitada emitido por la Intervención Delegada de la Consejería de Economía y Hacienda en el Servicio Canario de Empleo, de fecha 11 de diciembre de 2007.

A los citados antecedentes de hecho, les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El órgano competente para adoptar la presente Resolución es la Directora del Servicio Canario de Empleo, de conformidad con lo establecido en el resuelvo octavo de la Convocatoria, en relación con el artículo 9.1.c) de la Ley 12/2003, de 28 de abril, del Servicio Canario de Empleo.

Segundo.- La presente convocatoria se resuelve al amparo de la Orden TAS/2643/2003, de 18 de septiembre, citada, cuya gestión, según lo dispuesto en su Disposición Adicional, ha sido transferida a la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias por Real Decreto 150/1999, de 29 de enero (B.O.E. de 17 de febrero), modificado por Real Decreto 939/1999, de 4 de junio (B.O.E. de 25 de junio), gestión atribuida al Servicio Canario de Empleo por la Ley 12/2003, de 4 de abril (B.O.C. de 28.4.03), en relación con el Decreto 150/2001, de 23 de julio (B.O.C. de 25 de julio), que modifica los procedimientos de concesión de determinadas subvenciones y establece normas procedimentales, modificado a su vez por los Decretos 172/2001, de 30 de julio y 155/2002, de 24 de octubre, este último introductor de una nueva regulación en la forma y medios de justificación. La Orden TAS/816/2005, de 21 de marzo, adapta estas subvenciones al régimen jurídico establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Tercero.- La presente convocatoria se resuelve con cargo a los créditos consignados en la/s siguiente/s aplicación/es del Estado de Gastos del Presupuesto del Servicio Canario de Empleo para el año 2007:

a) Aplicación 2007 23.01 322H 480.00 Línea de Actuación 23445301 "Programas experimentales en materia de empleo", por un importe de 2.078.677,00 euros.

b) Aplicación 2007 23.01 322H 480.00 Línea de Actuación 234B4602 "II PIEC Programas experimentales en materia de empleo", por un importe de 1.000.000,00 euros.

c) Aplicación 2007 23 01 322H 480 00 Línea de Actuación 23445301 "Programas experimentales de empleo", por un importe de 39.800,00 euros.

d) Aplicación 2007 23 01 322H 480 00 Línea de Actuación 23445301 Remanente "Programas experimentales de empleo", por un importe de 144.000,00 euros.

e) Aplicación 2007 23 01 322 H 480 00 Línea de Actuación 23489702 Remanente "II PIEC Programas Experimentales en materia de Empleo", por un importe de 144.000,00 euros.

Cuarto.- El dispongo primero apartado 1 de la convocatoria, establece que el sistema de concesión de las presentes subvenciones se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, lo que determina que todas las entidades solicitantes participan en igualdad de condiciones, resolviéndose la concesión a favor de aquellas que, una vez acreditados los requisitos exigidos en la convocatoria, presenten una solicitud que, aplicados los criterios de baremación contenidos en la misma, merezca una mayor valoración por parte del Servicio Canario de Empleo.

Quinto.- En los trámites seguidos para la iniciación, instrucción y resolución del presente procedimiento, han sido observadas las disposiciones de la Resolución de 24 de abril de 2007, de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo.

En base a lo expuesto, y en aplicación de la normativa legal vigente,

R E S U E L V O:

Primero.- Conceder las subvenciones a las entidades reflejadas en el anexo II de la presente, por las cuantías establecidas en el mismo, con cargo a la/s siguiente/s Aplicación/es:

a) Aplicación 2007 23.01 322H 480.00 Línea de Actuación 23445301 "Programas experimentales en materia de empleo", por un importe de 2.078.677,00 euros.

b) Aplicación 2007 23 01 322H 480.00 Línea de Actuación 234B4602 "II PIEC Programas experimentales en materia de empleo", por un importe de 1.000.000,00 de euros.

c) Aplicación 2007 23 01 322H 480 00 Línea de Actuación 23445301 "Programas experimentales de empleo", por un importe de 39.800,00 euros.

d) Aplicación 2007 23 01 322H 480 00 Línea de Actuación 23445301 Remanente "Programas experimentales de empleo", por un importe de 144.000,00 euros.

e) Aplicación 2007 23 01 322 H 480 00 Línea de Actuación 23489702 Remanente "II PIEC Programas Experimentales en materia de Empleo", por un importe de 144.000,00 euros.

Segundo.- Aprobar la lista de entidades que, en su caso, conformarán la lista de reserva, anexo III, con el fin de cubrir las posibles renuncias o vacantes dejadas por alguna de las entidades beneficiarias. La cobertura de dichas vacantes se realizará por el orden de puntuación de cada una de las entidades que conforman la lista de reserva, siempre hasta el límite del crédito presupuestario existente para la presente convocatoria.

En cualquier caso, a la hora de cubrir una vacante producida por renuncia, se tendrá muy en cuenta la compatibilidad entre el presupuesto resultante por la renuncia producida, y el coste del proyecto de la entidad llamada a cubrir la renuncia, de forma que la vacante será cubierta por la primera entidad que, siguiendo el orden de prelación establecido en la Lista de Reserva, presente un coste de proyecto igual o inferior al presupuesto existente.

La vigencia de dicha Lista se extinguirá una vez firmados los mencionados convenios con cada una de las entidades beneficiarias.

Tercero.- Denegar las solicitudes de subvención reflejadas en el anexo IV de la presente, por los motivos que igualmente se consignan.

Cuarto.- De conformidad con lo establecido en la convocatoria, las diferentes subvenciones que se conceden por medio de la presente, se instrumentalizarán a través de la firma del oportuno Convenio de Colaboración con las diferentes entidades beneficiarias.

Asimismo, el pago de las subvenciones, caso de existir abono anticipado del mismo, se efectuará una vez firmados los referidos convenios.

Notificar la presente Resolución a los interesados en el expediente, con la indicación de contra la misma, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Empleo, Industria y Comercio, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, conforme lo previsto en los artículos 114 y 115, en relación con el artículo 48.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Santa Cruz de Tenerife, a 12 de diciembre de 2007.- El Director, Alberto Génova Galván.

Ver anexos - páginas 27732-27737

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