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BOC Nº 247. Miércoles 12 de Diciembre de 2007 - 2037

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Turismo

2037 - Dirección General de Ordenación y Promoción Turística.- Resolución de 3 de diciembre de 2007, por la que se requiere la subsanación de las solicitudes a las ayudas con destino a la reparación de los daños materiales directos causados en explotaciones turísticas, hosteleras y de restauración, así como en las infraestructuras turísticas de titularidad municipal, como consecuencia de los incendios acaecidos en Canarias en los meses de julio y agosto de 2007.

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Por Orden de 10 de octubre de 2007, de la Consejería de Turismo, se convocaron ayudas con destino a la reparación de los daños materiales directos causados en explotaciones turísticas hosteleras y de restauración, así como en las infraestructuras turísticas de titularidad municipal, como consecuencia de los incendios acaecidos en Canarias en los meses de julio y agosto de 2007, en base al artº. 7 del Decreto 326/2007, de 7 de agosto, de ayudas y medidas urgentes y de carácter excepcional para reparar los daños producidos por los incendios acaecidos en Canarias.

La citada Orden de convocatoria establece en su base sexta, que la Dirección General competente en materia de Ordenación y Promoción Turística examinará si las solicitudes reúnen los requisitos exigidos y si se acompaña a la misma la preceptiva documentación, requiriéndose en caso contrario al interesado para que en el plazo de cinco (5) días subsane, y complete los documentos y datos que presentase, advirtiéndole de que si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá dictarse en los términos del artº. 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; notificándose dicho acto mediante publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Por ello, esta Dirección General, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,

R E S U E L V E:

Primero.- Requerir a los interesados relacionados en el anexo adjunto, para que en el plazo de cinco (5) días subsanen, y/o completen los documentos y/o datos que se detallan en el citado anexo, si así no lo hicieran se les tendrá por desistidos de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segundo.- Se proceda a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de diciembre de 2007.- La Directora General de Ordenación y Promoción Turística, Sandra González Franquis.

Ver anexos - páginas 27167-27168

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