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BOC Nº 246. Martes 11 de Diciembre de 2007 - 4858

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Puerto de la Cruz

4858 - EDICTO de 15 de octubre de 2007, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio verbal LEC. 2000 nº 0000066/2007.

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Dña. Elena Pilar Guerra Morales, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Puerto de la Cruz.

HACE SABER: que en los autos que luego se dirán consta la sentencia cuyo encabezado y parte dispositiva tiene el tenor literal siguiente:

SENTENCIA

En el Puerto de la Cruz, a 10 de octubre de 2007.

Vistos por Dña. Laura Paule González, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de los del Puerto de la Cruz, los autos de juicio verbal de desahucio seguidos ante este Juzgado bajo nº 66/07, a instancia de Dña. Providencia González del Castillo, representada por el Procurador D. Rafael Hernández Herreros y asistida por el Letrado D. José Julio García-Ramos Estarriol, contra D. Roswitha Anni Muller.

FALLO

Que debiendo estimar como estimo íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador D. Rafael Hernández Herreros en nombre y representación de Dña. Providencia González del Castillo, contra D. Roswitha Anni Muller declaro resuelto el contrato de arrendamiento, por falta de pago de las rentas pactadas, debo declarar y declaro haber lugar al desahucio del demandado de la finca sita en Avenida Generalísimo, Edificio Catrin, Apartamento 702, del municipio de Puerto de la Cruz, apercibiendo a dejar libre, expedita y a disposición de la parte actora la finca en el plazo legalmente establecido, con apercibimiento de lanzamiento, y todo ello con la expresa condena en costas a la parte demandada.

Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación ante la Sala de lo Civil de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, recurso que habrá de anunciarse por escrito que deberá presentarse, en su caso, en este Juzgado en el plazo de 5 días a contar desde el siguiente a su notificación.

Líbrese testimonio de la presente resolución para su unión a los autos principales y llévese el original al libro de sentencias de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncia, manda y firma Dña. Laura Paule González, Juez del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 1 del Puerto de la Cruz.

PUBLICACIÓN.- Estando presente yo, el Secretario, la anterior Sentencia fue leída y publicada, en el día de su fecha, por la Juez que la suscribe, mientras celebraba audiencia pública. Doy fe.

Y expido el presente para que sirva de notificación a la parte demandada cuyo último domicilio se desconoce.

Dado en Puerto de la Cruz, a 15 de octubre de 2007.- El/la Secretario/a.

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