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BOC Nº 243. Miércoles 5 de Diciembre de 2007 - 2001

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

2001 - Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 21 de noviembre de 2007, del Director, por la que se acuerda la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento administrativo iniciado por convocatoria realizada mediante Resolución de 1 de octubre de 2007, del Presidente, que aprueba la convocatoria y establece las bases reguladoras para el desarrollo de proyectos de acciones de asesoramiento y proyectos de orientación e inserción de los trabajadores canarios en el marco del actual sistema de las cualificaciones profesionales para 2007, cofinanciados por el Fondo Social Europeo (Proyectos ASORIN 2007).

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Por Resolución del Presidente del Servicio Canario de Empleo de 1 de octubre de 2007, se aprueba la convocatoria y se establecen las bases reguladoras para el desarrollo de proyectos de acciones de asesoramiento y proyectos de orientación e inserción de los trabajadores canarios en el marco del actual sistema de las cualificaciones profesionales para 2007, cofinanciados por el Fondo Social Europeo (B.O.C. nº 221, de 5.11.07).

Las bases reguladoras de estas subvenciones establecen que, el plazo máximo de resolución y notificación de la convocatoria será de tres meses, contados a partir de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, transcurrido el cual las solicitudes podrán entenderse desestimadas y, en todo caso, teniendo como fecha límite el 31 de diciembre de 2007.

Con el objeto de cumplir con este plazo, teniendo en cuenta lo avanzado del ejercicio económico, los distintos trámites administrativos necesarios para la resolución del expediente, así como, razones de interés público por las que es necesario iniciar las acciones que conforman los Proyectos de Asesoramiento y de Orientación e Inserción, de las entidades que resulten beneficiarias de la citada subvención, es por lo que se acuerda la aplicación al procedimiento administrativo iniciado por Resolución de 1 de octubre de 2007, para la concesión de subvenciones públicas para el desarrollo de los citados proyectos, la tramitación de urgencia, reduciendo a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.

Establece el artículo 50 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14.1.99) que: "1. Cuando razones de interés público lo aconsejen se podrá acordar, de oficio o a petición del interesado, la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia, por la cual se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos. 2. No cabrá recurso alguno contra el acuerdo que declare la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento".

El apartado cuarto de la mencionada Resolución de 1 de octubre de 2007, del Presidente, establece: "Se faculta a la Dirección del Servicio Canario de Empleo para dictar las instrucciones y adoptar cuantas medidas sean necesarias para el desarrollo y aplicación de lo dispuesto en la presente Resolución".

En su virtud y, en uso de las competencias que tengo legal y reglamentariamente atribuidas y en concordancia con las demás de preceptiva aplicación,

R E S U E L V O:

Primero.- Acordar la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento administrativo iniciado por Resolución de 1 de octubre de 2007, del Presidente, por la que se aprueba la convocatoria y se establecen las bases reguladoras para el desarrollo de proyectos de acciones de asesoramiento y proyectos de orientación e inserción de los trabajadores canarios en el marco del actual sistema de las cualificaciones profesionales para 2007, cofinanciados por el Fondo Social Europeo (Proyectos ASORIN 2007).

Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, con la indicación de que contra la misma no cabe recurso alguno, según el artº. 50.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Santa Cruz de Tenerife, a 21 de noviembre de 2007.- El Director, Alberto Génova Galván.

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