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BOC Nº 242. Martes 4 de Diciembre de 2007 - 1996

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

1996 - ORDEN de 19 de noviembre de 2007, por la que se conceden subvenciones al mantenimiento para las forestaciones correspondientes a los años 2001, 2002, 2003, 2004 y 2005.

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ANTECEDENTES

1º) Mediante Orden Departamental de 29 de septiembre de 2005 (B.O.C. nº 201, de 13.10.05), se establecen las bases que han de regir las convocatorias para la concesión de subvenciones al establecimiento, mantenimiento y compensatorias para la forestación de tierras agrícolas, y se convocan las subvenciones al establecimiento correspondientes al año 2005 y de mantenimiento para las reforestaciones efectuadas en los años 2001, 2002, 2003 y 2004.

2º) Con arreglo a dichas bases, por Orden del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación Territorial de 21 de mayo de 2007 (B.O.C. nº 109, de 1.6.07), se convocan las subvenciones de mantenimiento para las forestaciones correspondientes a los años 2001, 2002, 2003, 2004 y 2005.

En dicha Orden se especifica que aquellos que hayan sido beneficiarios en los años anteriores de las ayudas al establecimiento tienen derecho a recibir una prima anual por hectárea de tierra agrícola que haya sido forestada, y que por otro lado no se concederá esta ayuda cuando la forestación haya sido efectuada por una entidad de derecho público, o cuando la forestación se haya realizado con especies de crecimiento rápido que se cultiven a corto plazo (especies cuyo período de rotación o turno, intervalo que separa dos cortas sucesivas en un mismo lugar, sea inferior a quince años).

3º) Dentro del plazo de presentación de solicitudes fijado por la convocatoria, han concurrido las siguientes personas físicas y jurídicas de derecho privado:

- Iber Pak, S.A. (2 solicitudes).

- Iber Control, S.L.

- Stephan Scholz (3 solicitudes).

- Goa Tanja Schulz.

- María del Pino Hernández Ortega.

- Sebastián Trujillo Trujillo.

- Francisco Javier Sosa Saavedra.

- Herederos de José Samsó, S.L.

- José del Castillo Sotomayor.

- Antonio Quintana Mejías.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El procedimiento de concesión de estas subvenciones se ha tramitado en régimen de concurrencia competitiva, en los términos del artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que establece que tendrá la consideración de concurrencia competitiva el procedimiento mediante el cual la concesión de las subvenciones se realiza mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración previamente fijados en las bases reguladoras y en la convocatoria, y adjudicar, con el límite fijado en la convocatoria dentro del crédito disponible, aquellas que hayan obtenido mayor valoración en aplicación de los citados criterios.

Segunda.- La base sexta, apartado b), de las bases generales recogidas en el anexo de la citada Orden de 29 de septiembre de 2005, por la que se establecen las bases que han de regir las convocatorias para la concesión de subvenciones al establecimiento, mantenimiento y compensatorias para la forestación de tierras agrícolas, establece que las subvenciones al mantenimiento se concederán anualmente y durante los cinco (5) años siguientes a que se haya certificado por la Administración la correcta ejecución de las actuaciones de plantación objeto de la subvención al establecimiento, determinando que para poder ser beneficiario de las subvenciones de mantenimiento es necesario, haber sido y haber obtenido de manera efectiva las cantidades aprobadas en concepto de subvención al establecimiento en ejercicios anteriores.

Tercera.- La base duodécima, apartado 3, de las bases generales recogidas en el anexo de la Orden de 29 de septiembre de 2005, establece que las presentes subvenciones serán concedidas mediante Orden de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial. Asimismo, de acuerdo con el artículo 5.1 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, los titulares de los Departamentos son los órganos competentes para conceder subvenciones.

Por tanto, reunida con fecha 4 de octubre de 2007 la Comisión de Valoración dispuesta en la base décima de la Orden Departamental de 29 de septiembre de 2005, y tras haber estudiado todas y cada una de las solicitudes presentadas.

En su virtud, vista la iniciativa-propuesta del Director General del Medio Natural, con el visto bueno del Viceconsejero de Medio Ambiente, y en ejercicio de la competencia que tengo atribuida,

R E S U E L V O:

Primero.- Conceder subvenciones al mantenimiento de las forestaciones correspondientes a los años 2001, 2002, 2003, 2004 y 2005, a los beneficiarios que se citan a continuación:

Nº 1

Beneficiario: Francisco Javier Sosa Saavedra.

Convocatoria de Forestación: 2001.

Superficie que se aprueba: 1 ha.

Finca: Tinamarisilva.

Especies: laurisilva.

Localización: Vega de San Mateo. Gran Canaria.

Cantidad total concedida: 288 euros.

Anualidad: 5ª.

Cantidad total gestionada por CC.AA. (17,5% CC.AA. + 17,5% MAPA): 100,80 euros.

Desglose de cantidades:


TOTAL FEOGA (65%) MAPA (17,5%) CC.AA. (17,5%)

euros 288,00 187,20 50,40 50,40

Nº 2.


Beneficiario: Goa Tanja Schulz.

Convocatoria de Forestación: 2001.

Superficie que se aprueba: 1,14 ha.

Finca: Las Hoyitas.

Especies: termófilo mono y pluriespecífico.

Localización: Santa Lucía de Tirajana. Gran Canaria.

Cantidad total concedida: 328,32 euros.

Anualidad: 5ª.

Cantidad total gestionada por CC.AA. (17,5% CC.AA. + 17,5% MAPA): 114,90 euros.

Desglose de cantidades:


TOTAL FEOGA (65%) MAPA (17,5%) CC.AA. (17,5%)

euros 328,32 213,42 57,45 57,45


Nº 3.

Beneficiario: Iberpak, S.A.

Convocatoria de Forestación: 2001.

Superficie que se aprueba: 6 ha.

Finca: El Julán.

Especies: pinar monoespecífico.

Localización: Frontera. El Hierro.

Cantidad total concedida: 1.728,00 euros.

Anualidad: 5ª.

Cantidad total gestionada por CC.AA. (17,5% CC.AA. + 17,5% MAPA): 604,80 euros.

Desglose de cantidades:


TOTAL FEOGA (65%) MAPA (17,5%) CC.AA. (17,5%)

euros 1.728,00 1.123,20 302,40 302,40


Nº 4.

Beneficiario: Antonio Quintana Mejías.

Convocatoria de Forestación: 2002.

Superficie que se aprueba: 1,75 ha.

Finca: Timagada.

Especies: pinar pluriespecífico y agroforestal en mezcla.

Localización: Tejeda. Gran Canaria.

Cantidad total concedida: 504,00 euros.

Anualidad: 5ª.

Cantidad total gestionada por CC.AA. (17,5% CC.AA. + 17,5% MAPA): 176,40 euros.

Desglose de cantidades:


TOTAL FEOGA (65%) MAPA (17,5%) CC.AA. (17,5%)

euros 504,00 327,60 88,20 88,20


Nº 5.

Beneficiario: Stephan Scholz.

Convocatoria de Forestación: 2003.

Superficie que se aprueba: 1 ha.

Finca: Esquinzo.

Especies: cardonal-tabaibal.

Localización: Tuineje, Fuerteventura.

Cantidad total concedida: 90 euros.

Anualidad: 3ª.

Cantidad total gestionada por CC.AA. (17,5% CC.AA. + 17,5% MAPA): 31,50 euros.

Desglose de cantidades:


TOTAL FEOGA (65%) MAPA (17,5%) CC.AA. (17,5%)



euros 90,00 58,50 15,75 15,75


Nº 6.

Beneficiario: Herederos de José Samsó, S.L.

Convocatoria de Forestación: 2003.

Superficie que se aprueba: 19,2 ha.

Finca: La Solapilla.

Especies: agroforestal en mezcla, pinar pluriespecífico y laurisilva.

Localización: Santa María de Guía. Gran Canaria.

Cantidad total concedida: 5.529,60 euros.

Anualidad: 3ª.

Cantidad total gestionada por CC.AA. (17,5% CC.AA. + 17,5% MAPA): 1.935,36 euros.

Desglose de cantidades:


TOTAL FEOGA (65%) MAPA (17,5%) CC.AA. (17,5%)

euros 5.529,60 3.594,24 967,68 967,68


Nº 7.

Beneficiario: Stephan Scholz.

Convocatoria de Forestación: 2004.

Superficie que se aprueba: 1 ha.

Finca: Esquinzo.

Especies: cardonal-tabaibal.

Localización: Tuineje, Fuerteventura.

Cantidad total concedida: 90 euros.

Anualidad: 3ª.

Cantidad total gestionada por CC.AA. (17,5% CC.AA. + 17,5% MAPA): 31,50 euros.

Desglose de cantidades:


TOTAL FEOGA (65%) MAPA (17,5%) CC.AA. (17,5%)

euros 90,00 58,50 15,75 15,75


Nº 8.

Beneficiario: María del Pino Hernández Ortega.

Convocatoria de Forestación: 2004.

Superficie que se aprueba: 1,47 ha.

Finca: Siberia Grande.

Especies: agroforestal en mezcla.

Localización: Vega de San Mateo, Gran Canaria.

Cantidad total concedida: 423,36 euros.

Anualidad: 3ª.

Cantidad total gestionada por CC.AA. (17,5% CC.AA. + 17,5% MAPA): 148,18 euros.

Desglose de cantidades:


TOTAL FEOGA (65%) MAPA (17,5%) CC.AA. (17,5%).

euros 423,36 275,18 74,09 74,09


Nº 9.

Beneficiario: IBER Control, S.L.

Convocatoria de Forestación: 2004.

Superficie que se aprueba: 10 ha.

Finca: La Mella.

Especies: pinar monoespecífico.

Localización: Frontera. El Hierro.

Cantidad total concedida: 2.880,00 euros.

Anualidad: 2ª.

Cantidad total gestionada por CC.AA. (17,5% CC.AA. + 17,5% MAPA): 1.008 euros.

Desglose de cantidades:


TOTAL FEOGA (65%) MAPA (17,5%) CC.AA. (17,5%)

euros 2.880,00 1.872,00 504,00 504,00


Condicionantes técnicos: dadas las características ecológicas de la finca y lo inicialmente planificado en la memoria de actuaciones, en las operaciones de reposición de marras únicamente se podrán utilizar plantas de sabina.

Nº 10.

Beneficiario: Stephan Scholz.

Convocatoria de Forestación: 2005.

Superficie que se aprueba: 1 ha.

Finca: Esquinzo.

Especies: cardonal-tabaibal.

Localización: Tuineje, Fuerteventura.

Cantidad total concedida: 90 euros.

Anualidad: 1ª.

Cantidad total gestionada por CC.AA. (17,5% CC.AA. + 17,5% MAPA): 31,50 euros.

Desglose de cantidades:


TOTAL FEOGA (65%) MAPA (17,5%) CC.AA. (17,5%)

euros 90,00 58,50 15,75 15,75


Nº 11.

Beneficiario: Sebastián Trujillo Trujillo.

Convocatoria de Forestación: 2005.

Superficie que se aprueba: 1 ha.

Finca: Agalán.

Especies: otras arbóreas de interés.

Localización: Alajeró, La Gomera.

Cantidad total concedida: 288 euros.

Anualidad: 1ª.

Cantidad total gestionada por CC.AA. (17,5% CC.AA. + 17,5% MAPA): 100,80 euros.

Desglose de cantidades:


TOTAL FEOGA (65%) MAPA (17,5%) CC.AA. (17,5%).

euros 288,00 187,20 50,40 50,40


Nº 12.

Beneficiario: Iberpak, S.A.

Convocatoria de Forestación: 2005.

Superficie que se aprueba: 10 ha.

Finca: El Julán.

Especies: pinar monoespecífico.

Localización: Frontera. El Hierro.

Cantidad total concedida: 2.880,00 euros.

Anualidad: 1ª.

Cantidad total gestionada por CC.AA. (17,5% CC.AA. + 17,5% MAPA): 1.008 euros.

Desglose de cantidades:


TOTAL FEOGA (65%) MAPA (17,5%) CC.AA. (17,5%).

euros 2.880,00 1.872,00 504,00 504,00


Segundo.- El importe total de las subvenciones de mantenimiento asciende a la cantidad de 15.119,28 euros, correspondiendo como parte cofinanciada a la Comunidad Autónoma de Canarias el 17,5%, equivalente a 2.645,87 euros, idéntica cantidad a la aportada por el MAPA (2.645,87 euros).

Tercero.- Se desestima la solicitud de D. José del Castillo Sotomayor, al no acreditar que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad con lo establecido en la base decimosexta, apartado f), del anexo de la Orden de 29 de septiembre de 2005, en concordancia con el artículo 14.1.e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Cuarto.- Estas subvenciones se conceden de acuerdo con las siguientes condiciones:

1. PLAZO PARA REALIZAR LA ACTIVIDAD: los beneficiarios dispondrán hasta el 1 de diciembre del año 2007 para la realización de las actuaciones objeto de subvención.

2. DESTINO Y CUANTÍAS: las señaladas en el apartado primero del resuelvo, para cada una de las personas físicas o jurídicas de derecho privado.

3. APLICACIONES PRESUPUESTARIAS: 12.07.442E.770.00 y 780.00, PI/LA 07712302 Programa de Forestación de Tierras Agrarias (FEADER).

4. FORMA Y REQUISITOS DE ABONO: las subvenciones al mantenimiento se harán efectivas a los beneficiarios previa declaración de las labores realizadas, suscritas por el beneficiario de acuerdo con el modelo oficial que aparece en el anexo II de la Orden de bases, y previa certificación de las mismas por el correspondiente Técnico Facultativo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial.

5. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS: los beneficiarios de las subvenciones estarán sujetos a las siguientes obligaciones:

a) Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención.

b) Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones fijados, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determine la concesión o disfrute de la subvención.

c) Comunicar al órgano concedente las alteraciones que se produzcan en las circunstancias y requisitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para la concesión de la subvención.

d) Comunicar al órgano concedente o la entidad colaboradora la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

e) Someterse a las actuaciones de comprobación que, en relación con las subvenciones concedidas, se practiquen por el órgano concedente, el Organismo Pagador, la Intervención General, la Audiencia de Cuentas de Canarias o el Tribunal de Cuentas, así como facilitar toda la información que les sea requerida por los mismos o, en su caso, por la entidad colaboradora.

f) Acreditar que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, mediante la aportación de las oportunas certificaciones que expidan los órganos competentes.

g) Llevar los registros contables a que vengan obligados de modo que permitan identificar de forma diferenciada las partidas o gastos concretos en que se han materializado las subvenciones concedidas, así como los demás ingresos propios o afectos a la situación, estado o hecho a que se destinan las subvenciones concedidas, incluyendo las ayudas o cualquier otro tipo de atribuciones patrimoniales gratuitas, públicas o privadas, que hayan recibido, y que por diferencia permitan obtener un estado de rendición de cuentas de las cantidades o fondos públicos percibidos en concepto de subvención.

h) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.

i) Adoptar las medidas de difusión contenidas en el apartado 4 del artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

j) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

k) Realizar los cuidados culturales necesarios para el mantenimiento de la forestación.

1) Cumplir los condicionantes técnicos que, en su caso, se establecen en la presente resolución de concesión.

m) Las superficies forestadas en el ámbito de esta Orden no podrán dedicarse a ningún otro uso agrícola mientras continúen catastradas como forestales, ni podrán ser dedicadas a ningún uso ganadero en los años en que esta práctica pueda dañar las nuevas plantaciones. En todo caso, las superficies que hayan sido objeto de forestación se ajustarán a lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 6/2001, de 12 de enero.

n) En caso de incendio, destrucción o abandono total o parcial de las tierras efectivamente forestadas por causa imputable al beneficiario, éste estará obligado a la restauración de la superficie afectada, sin perjuicio de los compromisos adquiridos y de las responsabilidades que se deriven, suspendiéndose a estos efectos las subvenciones pendientes de pago hasta su total restauración.

o) En caso de transmisión inter vivos total o parcial de las superficies o unidades de suelo objeto de las presentes subvenciones durante el período de compromiso, el nuevo titular de las mismas se subrogará en los derechos, obligaciones y compromisos adquiridos por el transmitente-beneficiario de la subvención, con la excepción de las primas de mantenimiento y compensación de rentas que se adecuarán a la situación del nuevo titular-adquirente, debiendo éste, en todo caso cumplir los requisitos exigidos para la percepción de esta subvención.

6. ACEPTACIÓN: para que esta resolución sea efectiva es necesaria la aceptación de la misma por parte del beneficiario, la cual deberá ser otorgada dentro del plazo de los 30 días siguientes a su notificación. En caso de que no se otorgue dentro de este plazo quedará sin efecto la subvención concedida.

7. VARIACIONES: toda alteración de las circunstancias y de los requisitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para el otorgamiento de las presentes subvenciones y, en todo caso, la obtención por el beneficiario de ayudas o subvenciones concedidas por otras Administraciones o Entes públicos, darán lugar a la modificación de la presente Orden de concesión, sin que en ningún caso implique modificación de la finalidad de la subvención.

Quinto.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, y notificarla a los interesados.

Contra el presente acto, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su notificación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su notificación, significándose que, en el caso de interponer recurso de reposición, no se podrá presentar recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el primero o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro que se estime procedente.

Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de noviembre de 2007.

EL CONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE

Y ORDENACIÓN TERRITORIAL,

Domingo Berriel Martínez.

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