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BOC Nº 240. Viernes 30 de Noviembre de 2007 - 4750

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Santa Cruz de Tenerife

4750 - EDICTO de 2 de octubre de 2007, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio verbal LEC. 2000 nº 0001329/2006.

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Dña. María Raquel Alejano Gómez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado de mi cargo se ha dictado sentencia, en los autos que luego se dirá cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:

Vistos por la Ilma. Sra. Dña. María Raquel Alejano Gómez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Santa Cruz de Tenerife los presentes autos de juicio verbal LEC. 2000 0001329/2006 seguido entre partes, de una como demandante D. Carlos Bastarrica Belio, representado por el Procurador D. Joaquín Cañibano Martín y defendido por el Letrado D. Arturo Armada Manrique y de otra, como demandado D. Raúl Reyes Suárez, sobre desahucio y reclamación de cantidad, en paradero desconocido y en situación de rebeldía.

FALLO:

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador D. Joaquín Cañibano Martín en nombre y representación de D. Carlos Bastarrica Bello, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento para uso distinto de vivienda de la finca sita en planta baja, bloque 1 del Conjunto Residencial Las Margaritas, con acceso por la calle Simón Bolívar, 48-b, de esta capital, condenando al demandado D. Raúl Reyes Suárez a que lo desaloje y deje libre y a disposición del actor en el plazo legal inferior a un mes, bajo apercibimiento de ser lanzado del mismo judicialmente si así no lo hiciere, debiendo condenarle a que abone a la actora la cantidad de 15.900 euros en concepto total de rentas vencidas, derechos de traspaso y cantidades asimiladas, más intereses legales y con expresa imposición de las costas causadas en el presente juicio al demandado vencido.

Llévese certificación de la presente a los autos y el original al Libro de Sentencias y resoluciones definitivas y notifíquese al demandado rebelde en la forma establecida en el artº. 497 de la LEC 1/2000.

Así por esta mi sentencia, frente a la que cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días, mediante escrito presentado en este Juzgado en el que deberá citarse la resolución apelada manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que se impugnan y que deberá ir suscrito por Letrado y Procurador, para ante la Audiencia Provincial de esta capital, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior Sentencia por el/la Sr./a. Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe en Santa Cruz de Tenerife, a 14 de septiembre de 2007.

Y para que sirva de notificación al demandado, expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 2 de octubre de 2007.- El/la Magistrado-Juez.- El/la Secretario.

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