

|
|
|
R E S U E L V O:
Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 15 de octubre de 2007, relativo a la toma de conocimiento del cumplimiento de la Sentencia firme de 4 de junio de 2007, recaída en el recurso contencioso-administrativo nš 1125/2001 (expediente 45/07), interpuesto por la representación procesal de Dña. María del Rosario Melián Alemán, contra la Orden de la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente del Gobierno de Canarias, de 23 de abril de 2001, por la que se toma conocimiento del Texto Refundido de la Revisión de las Normas Subsidiarias de Arucas, aprobadas por Acuerdos de la C.O.T.M.A.C. de 15 de febrero y 12 de marzo de 2001, actos identificados en el antecedente de hecho primero de la Sentencia y que ahora se quedan anulados por la misma, cuyo texto figura como anexo.
Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de noviembre de 2007.- El Director General de Urbanismo, Jesús Romero Espeja.
A N E X O
La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias en sesión celebrada el 15 de octubre de 2007, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:
Primero.- Tomar conocimiento del cumplimiento de la Sentencia firme de 4 de junio de 2007, recaída en el recurso contencioso-administrativo nš 1125/2001, interpuesto por la representación procesal de Dña. María del Rosario Melián Alemán, contra la Orden de la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente del Gobierno de Canarias, de 23 de abril de 2001, por la que se toma conocimiento del Texto Refundido de la Revisión de las Normas Subsidiarias de Arucas, aprobadas por Acuerdos de la C.O.T.M.A.C. de 15 de febrero y 12 de marzo de 2001, actos identificados en el antecedente de hecho primero de la Sentencia y que ahora se quedan anulados por la misma.
Segundo.- Instar al Ayuntamiento de Arucas para que lleve a puro y debido efecto lo acordado en la antedicha Sentencia, y en base a la misma proceda a ordenar lo conducente a efecto de ejecutar el fallo de la misma, teniendo por anulado el Acuerdo.
Asimismo comunique a esta Consejería el funcionario responsable de la ejecución de la misma con su nombre, apellidos, D.N.I., y cargo, debiendo dar cuenta al Tribunal y a esta Consejería de la completa ejecución de la sentencia, todo ello de conformidad con los artículos 103 y 104 de la Ley de la Jursidicción Contencioso-Administrativa.
Tercero.- Encomendar a los servicios de ordenación urbanística de esta Consejería para que proceda en cumplimiento del presente Acuerdo a estampillar la diligencia de nulidad en los documentos correspondientes.
Cuarto.- El Acuerdo que se adopte por la C.O.T.M.A.C. se publicará en el Boletín Oficial de Canarias y será debidamente notificado al Tribunal Superior de Justicia de Canarias, al Ayuntamiento de Arucas, a la interesada y al Cabildo Insular de Gran Canarias.
Contra el presente acto, por ser de trámite, no cabe recurso alguno, pudiendo, no obstante, interponer el que considere más oportuno a su derecho si entendiese que se dan algunos de los supuestos excepcionales establecidos en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por Decreto 129/2001, de 11 de junio.- Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de noviembre de 2007.- La Secretaria de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, Ángela Sánchez Alemán.
| © GOBIERNO DE CANARIAS |