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Finalizado el plazo de subsanación de defectos a que se refiere el apartado tercero de la Resolución de 5 de septiembre de 2007, de este Centro Directivo, por la que se aprueba la lista provisional de admitidos y excluidos al procedimiento selectivo de promoción interna para la cobertura de vacantes correspondientes a diversas categorías profesionales del personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocado por Orden de la Consejería de Presidencia y Justicia de 14 de febrero de 2007 (B.O.C. nº 35, de 16.2.07), una vez examinadas las alegaciones y documentación aportadas, y de acuerdo con lo establecido en la base cuarta de la citada convocatoria, esta Dirección General
R E S U E L V E:
Primero.- Aprobar la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos al procedimiento selectivo de promoción interna para la cobertura de vacantes correspondientes a diversas categorías profesionales del personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocado por Orden de la Consejería de Presidencia y Justicia de 14 de febrero de 2007 (B.O.C. nº 35, de 16.2.07).
Segundo.- Exponer al público dicha lista en los tablones de anuncios de esta Dirección General y en la Oficina Canaria de Información y Atención Ciudadana del Gobierno de Canarias. Así mismo, la citada lista podrá consultarse a través de la WEB del Gobierno de Canarias https://www.gobiernodecanarias.org/cpj/dgfp/empleados_publicos/promocion_interna.html.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer reclamación previa a la vía laboral, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 120, 121 y 125 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 69 del Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.
Santa Cruz de Tenerife, a 19 de noviembre de 2007.- El Director General de la Función Pública, Juan Manuel Santana Pérez.
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