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BOC Nº 233. Miércoles 21 de Noviembre de 2007 - 1902

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Turismo

1902 - Escuela Oficial de Turismo de Canarias.- Resolución de 7 de noviembre de 2007, de la Directora, por la que se prorroga la vigencia de las pruebas de evaluación final para la obtención del título de Técnico de Empresas y Actividades Turísticas (TEAT) hasta el año académico 2007/2008.

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Por Decreto 216/1990, de 18 de octubre (B.O.C. nº 144, de 19.11.90), se produjo la creación de la Escuela Oficial de Turismo de Canarias. A esta Escuela le corresponde la realización de las Pruebas de Evaluación Final (PEF), para la obtención del título de Técnico de Empresas y Actividades Turísticas, regulada por Orden del M.E.C. de 22 de diciembre de 1992 (B.O.E. de 14.1.93).

Como consecuencia de la incorporación de las enseñanzas turísticas a la Universidad, operada por el Real Decreto 259/1996, de 16 de febrero (modificado por Real Decreto 1.795/1999, de 26 de noviembre), se derogó el Real Decreto 865/1980, que regulaba las enseñanzas de TEAT, que quedaron a extinguir, encomendándose a las Administraciones competentes (Escuelas Oficiales de Turismo) la adopción de medidas encaminadas a garantizar a los alumnos de las enseñanzas a extinguir su derecho a concluirlas (Disposición Transitoria Quinta 2, in fine del Real Decreto 259/1996).

Como consecuencia de ello, por Resolución de esta Escuela, de 15 de noviembre de 2001 (B.O.C. de 12.12.01), se adoptaron una serie de medidas encaminadas a dicho fin; entre dichas medidas se contemplaba la subsistencia de la Prueba de Evaluación Final hasta el año 2006, prorrogable al año 2007, si circunstancias especiales lo exigieran. Atendido el elevado número de estudiantes potencialmente afectados, mediante Resolución de 25 de septiembre de 2006 (B.O.C. de 13.10.06), se prorrogó la prueba PEF al año 2007, esto es al curso 2006/2007.

La complejidad de la extinción de las enseñanzas TEAT y la transición a enseñanzas impartidas dentro de la universidad, ha motivado sucesivas prórrogas del plazo de extinción de dichas enseñanzas (plazo que es también de incorporación de las escuelas privadas a la universidad), mediante diversos Reales Decretos (Real Decreto 1.795/1999, Real Decreto 1.779/2004 y Real Decreto 693/2007). Precisamente el Real Decreto 693/2007, de 1 de junio (B.O.E. de 19.6.07), vino a prorrogar dicho plazo al 1 de octubre de 2009, con efectos retroactivos al 1 de octubre de 2006, fecha en que vencía la prórroga anterior.

En consecuencia, de conformidad con el nuevo plazo previsto en el Real Decreto 693/2007, y a los efectos de asegurar la finalización de sus estudios por los alumnos afectados, concurre causa suficiente para acordar la prórroga de la celebración de la prueba de evaluación final en el año 2008, año académico 2007/2008.

En su virtud, de conformidad con lo previsto en la Disposición Transitoria Quinta del Real Decreto 259/1996, con las modificaciones derivadas de los Reales Decretos 1.779/2004 y 693/2007, y en ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 2º del Decreto 216/1990, de 18 de octubre, por el que se crea la Escuela Oficial de Turismo de Canarias,

R E S U E L V O:

Único.- Prorrogar la vigencia de las pruebas de evaluación final para la obtención del título de Técnico de Empresas y Actividades Turísticas, reguladas por Orden del M.E.C. de 22 de diciembre de 1992 (B.O.E. de 14.1.93), al año académico 2007/2008.

De conformidad con lo anterior en los meses de junio y septiembre de 2008, se celebrarán las correspondientes convocatorias de las pruebas de evaluación final, la matrícula se formalizará en la forma y plazos que señale la resolución de convocatoria de las pruebas en el año 2008, y será independiente para cada convocatoria.

Aquellos que tras la celebración de la prueba en dichas convocatorias, no la hayan superado en su totalidad, no podrán obtener el título correspondiente a las enseñanzas especializadas de turismo de Técnico de Empresas y Actividades Turísticas.

En el supuesto de que los alumnos a que se refiere el apartado anterior, puedan acceder en otros centros autorizados para impartir enseñanzas turísticas, a la eventual adaptación a planes de estudio de Diplomado en Empresas y Actividades Turísticas (DEAT), o Diplomado en Turismo (DT), por la Escuela Oficial de Turismo de Canarias, se procederá a la expedición del correspondiente certificado académico a petición del interesado.

Las Palmas de Gran Canaria, a 7 de noviembre de 2007.- La Directora, Sandra González Franquis.

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