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BOC Nº 230. Viernes 16 de Noviembre de 2007 - 1877

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad

1877 - Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 31 de octubre de 2007, por la que se modifica la clasificación, en la plantilla del Ayuntamiento de Güímar (provincia de Santa Cruz de Tenerife), de los puestos de Secretaría y de Intervención y se crea el puesto de Tesorería, reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal.

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Examinado el expediente para la modificación de la clasificación de los puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal, iniciado a instancia del Ayuntamiento de Güímar (provincia de Santa Cruz de Tenerife).

Vista la propuesta formulada por el Servicio de Régimen Interno y Relaciones con la Administración Local.

Y teniendo en cuenta los siguientes:

I. ANTECEDENTES

1º) Por oficio de 2 de octubre de 2007 (Registro de Salida nº 9.323), el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Güímar remitió certificación comprensiva del acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 1º de octubre de 2007, en cuyo punto 2º del orden del día se solicitó de esta Dirección General autorización para modificar la clasificación, en la plantilla y en la relación de puestos de trabajo, de los puestos de trabajo de Secretaría e Intervención, reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal, y la creación y clasificación del puesto de Tesorería.

2º) La Corporación fundamenta la reclasificación en los motivos siguientes:

a) La creación, en fechas próximas, como organismo autónomo local, de la Gerencia Municipal de Urbanismo, cuya Secretaría e Intervención serán desempeñados por los funcionarios titulares de dichos puestos de trabajo en la Corporación.

b) El número de procedimientos tramitados desde el año 2003 al año 2007 se ha visto notablemente incrementado, como se desprende del volumen de entradas en el Registro General, que han pasado de 13.063 en 2003 a 18.839 en 2006.

c) Las expectativas de crecimiento poblacional en los próximos años, derivadas del desarrollo urbanístico del municipio son significativas, estando previsto un incremento en el número de habitantes para las áreas de nueva urbanización de 9.276.

d) Además, la Corporación estima que persisten las circunstancias especiales que motivaron que esta Dirección General, mediante Resolución de 8 de septiembre de 1999, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 146, de 3 de noviembre, modificara la clasificación de los puestos de Secretaría e Intervención, de clase segunda a clase primera, y creara el puesto de Tesorería, clasificación que, sin embargo, fue nuevamente modificada -retornando a la inicial- por Resolución de 14 de febrero de 2003, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 46, de 7 de marzo, a propuesta, asimismo, de la Corporación.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- La Disposición Adicional Segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (B.O.E. nº 89, de 13), dispone, en su apartado 3, que la creación, clasificación y supresión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal corresponde a cada Comunidad Autónoma, de acuerdo con los criterios básicos que se establezcan por ley.

Los expedientes de clasificación serán resueltos por el órgano competente de la Comunidad Autónoma respectiva. Las resoluciones habrán de publicarse en los diarios oficiales y remitirse al Ministerio de Administraciones Públicas para su publicación conjunta en el Boletín Oficial del Estado, al menos con carácter trimestral, conforme determina el artículo 9º del Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio, por el que se regula la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional (B.O.E. nº 189, de 9 de agosto).

Segunda.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43, letra b), del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia y Justicia, aprobado por Decreto 40/2004, de 30 de marzo (B.O.C. nº 70, de 13 de abril), corresponde a la Dirección General de la Función Pública el ejercicio de las competencias que, respecto a los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, están atribuidas a la Comunidad Autónoma de Canarias.

Tercera.- El artículo 2º del Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio, establece que tendrán la consideración de secretarías de clase primera -entre otras- las de municipios de población superior a 20.000 habitantes. En Corporaciones con secretarías de clase primera, tendrán asimismo tal carácter las intervenciones, y en ellas habrá de existir, con carácter necesario, un puesto de trabajo denominado tesorería, reservado, como los anteriores, a funcionarios con habilitación de carácter nacional.

No obstante, el artículo 7º del Real Decreto citado dispone que en los municipios con acusados incrementos de población en determinadas temporadas del año o en los que concurra la condición de centro de comarca, localización de actividades, acción urbanística superior a la normal u otras circunstancias análogas, los puestos reservados podrán ser clasificados por el órgano competente de la Comunidad Autónoma respectiva en clase superior a la que les correspondería, según lo dispuesto en el artículo 2º, a instancia de la Corporación interesada.

Cuarta.- Clasificada la Secretaría de la Corporación en clase segunda, mediante Resolución de 14 de febrero de 2003, por tratarse de un municipio cuya población está comprendida entre 5.001 y 20.000 habitantes, concurren, sin embargo, las circunstancias especiales que señala el artículo 7º del Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio, para reclasificar los puestos de Secretaría e Intervención y crear el puesto de Tesorería.

En su virtud, y en el ejercicio de la competencia que ostento,

R E S U E L V O:

1. Modificar la clasificación del puesto de trabajo denominado Secretaría y del puesto de trabajo denominado Intervención, existentes en la plantilla del Ayuntamiento de Güímar (provincia de Santa Cruz de Tenerife), de clase segunda a clase primera, de conformidad con el artículo 2º, letras a) y d), y artículo 7º del Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio.

El puesto de trabajo de Secretaría queda reservado a funcionarios pertenecientes a la Subescala de Secretaría, categoría superior, y el puesto de trabajo de Intervención, a funcionarios de la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior, de la Escala de funcionarios con habilitación de carácter estatal, ello sin perjuicio de lo previsto en la Disposición Transitoria Primera, nº 2, letra b), del Real Decreto 1.174/1987, de 18 de septiembre, y Disposición Adicional Primera del Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio.

2. Autorizar la creación en la plantilla del Ayuntamiento de Güímar del puesto de Tesorería, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º, letra f), del Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio.

Dicho puesto queda reservado a funcionarios pertenecientes a la Subescala de Intervención-Tesorería, de la Escala de funcionarios con habilitación de carácter estatal.

3. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 9º del Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio, citado.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente a su publicación, bien ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga el demandante su domicilio, bien ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife. O bien, a criterio del interesado, podrá interponer en vía administrativa recurso de reposición potestativo ante esta Dirección General, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a que tenga lugar su publicación, en los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Santa Cruz de Tenerife, a 31 de octubre de 2007.- El Director General de la Función Pública, Juan Manuel Santana Pérez.

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