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BOC Nº 218. Martes 30 de Octubre de 2007 - 4245

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 6 de San Bartolomé de Tirajana

4245 - EDICTO de 24 de noviembre de 2004, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio verbal LEC. 2000 nº 0000462/2002.

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JUZGADO DE: Primera Instancia nº 6 de San Bartolomé de Tirajana.

JUICIO: verbal LEC. 2000 0000462/2002.

PARTE DEMANDANTE: Comunidad de Propietarios Puerto Plata.

PARTE DEMANDADA: D. Lars Gunnar Sveum y Klaus Eric Sveum.

SOBRE: materia.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

"SENTENCIA

En San Bartolomé de Tirajana, a once de diciembre de dos mil tres.

Vistos por D. José Alexis Reyes Negrín, Juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 6 de San Bartolomé de Tirajana y su partido, los presentes autos de juicio verbal sobre reclamación de cuotas comunitarias, seguidos ante este Juzgado bajo el nº 462/2002, a instancia de la Comunidad de Propietarios "Puerto Plata", representada por el procurador D. José Javier Fernández Manrique de Lara y asistido por la letrada Dña. Inmaculada Ramírez García, contra D. Lars Gunnar Sveum y herederos de Dña. Lilian Berntzen (Klaus Eric Sveum), los cuales fueron declarados en situación de rebeldía procesal.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador D. José Javier Fernández Manrique de Lara, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios "Puerto Plata", contra D. Lars Gunnar Sveum y herederos de Dña. Lilian Berntzen (Klaus Eric Sveum), debo condenar y condeno a los demandados a que abonen a la actora la cantidad de dos mil setecientos cincuenta y dos euros con sesenta y tres céntimos (2.752,63). Y, todo ello, con expresa condena en costas al demandado.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá interponerse ante este mismo Juzgado dentro de los cinco días siguientes en que se notifique esta resolución.

Por esta mi sentencia, llévese el original al libro de sentencias y expídase testimonio de la misma para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo."

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada D. Lars Gunnar Sveum y herederos de Dña. Lilian Berntzen (Klaus Eric Sveum), por providencia de 24 de noviembre del presente año el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de Canarias para llevar a efecto la diligencia de notificación de la sentencia.

En San Bartolomé de Tirajana, a 24 de noviembre de 2004.- El/la Secretario Judicial.

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