BOC - 2007/202. Martes 9 de Octubre de 2007 - 3967

IV. ANUNCIOS - Administración Local - Ayuntamiento de Güímar (Tenerife)

3967 - ANUNCIO de 14 de mayo de 2007, relativo a las bases que han de regir la convocatoria para la provisión de una plaza de policía del Cuerpo de la Policía Local vacante en la Plantilla del Personal Funcionario de este Ayuntamiento.

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Por el presente se comunica que por Resolución del Sr. Teniente de Alcalde Delegado de Organización y Régimen Interior nº 1126/2007, de 8 de mayo, se ha resuelto aprobar las bases que han de regir la convocatoria para la provisión de una plaza de policía del Cuerpo de la Policía Local del Excmo. Ayuntamiento de Güímar, vacante en la Plantilla del Personal Funcionario, por el procedimiento de concurso de traslados, cuyo texto íntegro se transcribe a continuación:

Primera.- Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión como funcionario de carrera, mediante el procedimiento de concurso de traslado, de una plaza de policía del Cuerpo de la Policía Local del Excmo. Ayuntamiento de Güímar, vacante en la plantilla de personal funcionario de este Ayuntamiento, de acuerdo con lo previsto en el artículo 28 de la Ley 6/1997, de 4 de julio, de Coordinación de Policías Locales de Canarias, en los artículos 101 y siguientes de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local y el artículo 17.2 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y artículo 30 de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de Función Pública Canaria, y supletoriamente por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionados civiles de la Administración General del Estado, así como en lo dispuesto en las presentes bases.

Estas bases se harán públicas en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias y en el tablón de edictos de la Corporación, produciendo efectos administrativos desde la fecha de la publicación en el referido Boletín Oficial de Canarias. También se publicará anuncio al respecto en el Boletín Oficial del Estado.

Segunda.- Características de la plaza que se convoca.

La plaza que se convoca se encuadra en la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Policía, vacante en la Plantilla de funcionarios del Ayuntamiento de Güímar, estando dotada con el sueldo correspondiente al Grupo D, nivel 16 de complemento de destino, pagas extraordinarias y demás retribuciones o emolumentos que correspondan al puesto de trabajo.

Tercera.- Requisitos que deben reunir los aspirantes.

Podrán participar en este concurso los funcionarios de carrera que ostenten el empleo de Policía de cualquier Cuerpo de Policía Local de la Comunidad Autónoma de Canarias y cuenten con una antigüedad mínima de dos años en la Corporación de procedencia y no se encuentren en situación de segunda actividad por razón de la edad.

Estos requisitos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de las solicitudes para tomar parte en el concurso de traslados.

Cuarta.- Solicitudes.

Quienes deseen tomar parte en el procedimiento de provisión deberán hacerlo constar en instancia que, en todo caso, se ajustará al modelo oficial que se adjunta como anexo, con manifestación expresa de que reúnen las condiciones que se exigen en la base tercera anterior.

1. Plazo de presentación: el plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

2. Las instancias solicitando participar en este concurso se dirigirán al Sr. Concejal Delegado de Organización y Recursos Humanos del Excmo. Ayuntamiento de Güímar.

3. Lugar de presentación: el impreso de solicitud, debidamente cumplimentado, deberá presentarse, en el Registro General de la Corporación o en las demás oficinas públicas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Además de los datos previstos en el indicado modelo, los aspirantes harán acompañar a la solicitud su currículum vitae en el que figuren, debidamente acreditados, el Cuerpo o Escala a que pertenecen, el Grupo en el que el mismo se hallare clasificado, titulación académica, años de servicios, puestos de trabajos desempeñados, y cuantos otros méritos estimen oportuno poner de manifiesto en relación con las funciones atribuidas al puesto solicitado, acompañando documentación fehaciente acreditativa de las circunstancias y méritos que serán objeto de valoración en el concurso, debidamente compulsada.

Quinta.- Admisión de aspirantes.

Concluido el plazo de presentación de solicitudes, el órgano competente dictará Resolución, en el plazo máximo de un mes, aprobando la relación de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión. Dicha resolución se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Los aspirantes excluidos podrán subsanar los defectos, que fueran susceptibles de ellos, en el plazo de 10 días naturales, a contar desde el siguiente a la publicación de la Resolución.

Sexta.- Composición, designación y actuación de la Comisión Evaluadora.

1. Composición: la Comisión Evaluadora estará constituida de la siguiente forma:

Presidente: la Sra. Alcaldesa-Presidente, o miembro de la Corporación en quien delegue.

Vocales:

- Un Concejal de la Corporación designado por la Sra. Alcaldesa.

- Un Vocal designado por la Junta de personal en representación de los funcionarios, con categoría igual o superior (Grupo D) que la plaza que se convoca.

- Un representante de la Academia Canaria de Seguridad.

- Un representante de la Consejería competente del Gobierno de Canarias, en materia de Coordinación de Policías Locales.

- El Jefe de la Policía Local de Güímar.

Secretario: el de la Corporación o funcionario en quien delegue, que actuará con voz y voto.

El Tribunal quedará integrado, además, por los suplentes respectivos, que serán designados simultáneamente con los titulares.

2. Publicación de la designación: la designación nominativa de los integrantes de la Comisión, tanto titulares como suplentes, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Séptima.- Sistema de valoración de méritos.

Todos los méritos alegados deberán poseerse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

La lista que contenga la valoración de los méritos se hará pública en el tablón de anuncios de la Corporación.

La valoración de los méritos se hará de la forma siguiente:

1. Experiencia profesional o valoración del trabajo realizado:

- Además de los años de servicios prestados que se valorarán según se especifica en el apartado relativo a la antigüedad, en atención a la similitud con el puesto ofertado, en base a criterios de especialización, responsabilidad y competencia, se otorgarán 0,25 puntos por cada año de servicio prestado en puesto de trabajo de nivel 16, hasta un máximo de 1 punto.

- Por cualquier reconocimiento oficial respecto a la especial aptitud o rendimiento del candidato en el ejercicio de sus funciones propias del empleo de Policía, 0,25 puntos por reconocimiento oficial hasta un máximo de 1 punto.

2. Grado personal consolidado:

Se valorará en base a la posición del grado que acredite que tiene consolidado el aspirante, según el intervalo del Grupo D al que pertenece la plaza que se convoca, y a la vista del nivel que poseen las plazas de Policía de este Ayuntamiento, según detalle:

- nivel 9: 0,10 puntos.

- nivel 10: 0,20 puntos.

- nivel 11: 0,30 puntos.

- nivel 12: 0,40 puntos.

- nivel 13: 0,50 puntos.

- nivel 14: 0,60 puntos.

- nivel 15: 0,70 puntos.

- nivel 16: 1,5 puntos.

- nivel 17: 1,5 puntos.

- nivel 18: 1,5 puntos.

3. La antigüedad.- Se valorará a razón de 0,5 puntos por año completo de servicios, despreciándose las fracciones, hasta un máximo de 3 puntos. A estos efectos se computarán los servicios prestados con carácter previo al ingreso en el Cuerpo o Escala objeto de la convocatoria.

No se computarán nunca a efectos de antigüedad los servicios que hayan sido prestados simultáneamente por otros igualmente valorados.

4. Titulaciones académicas.- La valoración de las diversas titulaciones académicas relevantes para el desempeño del puesto de trabajo objeto del concurso será hasta un máximo de 2 puntos, a razón de 1 punto por titulación superior a la exigida para acceder al empleo de Policía.

5. Cursos de formación y perfeccionamiento para Policías Locales.- Por haber participado en cursos de especialización para empleos de Policía Local:

a) De hasta 20 horas: 0,10 puntos por cada uno, hasta un máximo de 1 punto.

b) De más de 20 horas: 0,25 puntos por cada uno con un máximo de 1 punto.

6. Titulaciones y cursos no especializados.- Por estudios, publicaciones y otros méritos que se estiman adecuados para determinar la mayor idoneidad de los aspirantes en relación al puesto a que se aspira, se valorarán según el siguiente baremo, hasta un máximo de 1,5 puntos:

a) Por haber participado en cursos y jornadas de criminología y/o de derecho penal: 0,50 puntos por cada uno.

b) Por haber participado en cursos de educación ambiental: 0,50 punto por cada uno.

c) Por haber realizado cursos de formación sobre habilidades personales y relaciones humanas para policías locales: 0,5 puntos por cada curso.

Acreditación de los méritos: el sistema de acreditación de los méritos alegados será el siguiente:

a) Acreditación de la experiencia profesional en cualquier Administración: certificado de los servicios prestados emitido por la Administración donde se hubieran prestado, indicando el tiempo exacto de duración de los mismos, y el tipo de funciones y tareas desempeñadas.

b) Acreditación de la formación específica: se presentará fotocopia compulsada, o acompañada del original para su compulsa, del diploma o certificado del curso respectivo.

Previamente a la valoración de los méritos alegados, el Tribunal Calificador podrá acordar la celebración de una entrevista con los candidatos. Asimismo, previamente a la valoración de los méritos alegados, los aspirantes deberán superar un reconocimiento psicotécnico y médico.

Las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por cada uno de los méritos acreditados, según el baremo previsto, resultando de esa suma la calificación definitiva del concurso de traslados, que como máximo será de 12 puntos. No obstante ello, en caso de empate en la puntuación, obtendrá la plaza aquel aspirante que haya acreditado mayor tiempo de prestación de servicios como funcionario de carrera en el empleo de Policía. De persistir el empate se acudirá a la mayor puntuación del resto de los méritos enunciados, por el orden expresado.

Octava.- La presente convocatoria se materializará por Resolución del Sr. Concejal Delegado de Organización y Recursos Humanos del Excmo. Ayuntamiento de Güímar de acuerdo con la propuesta formulada por la Comisión Evaluadora, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife.

Novena.- Se declarará, por el Sr. Concejal Delegado de Organización y Recursos Humanos, desierta la convocatoria cuando no concurran funcionarios o cuando quienes concurran no reúnan los requisitos establecidos en la misma.

Décima.- Toma de posesión y adjudicación del puesto.

El plazo para tomar posesión en el destino obtenido será de tres días si radica en la misma isla, o de un mes, si radica en distinta isla.

El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes a la publicación de la Resolución del concurso en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife.

Undécima.- Impugnación.

La convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de éstas y de las actuaciones de la Comisión Evaluadora, podrán ser impugnadas por lo interesados en los casos y formas establecidas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Güímar, a 14 de mayo de 2007.- El Secretario General, Domingo Jesús Hernández Hernández.- El Teniente de Alcalde (Decreto de Alcaldía nº 2045/03, de 1 de julio), Francisco Javier del Rosario Delgado.



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