BOC - 2007/186. Lunes 17 de Septiembre de 2007 - 3625

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 13 de Las Palmas de Gran Canaria

3625 - EDICTO de 9 de julio de 2007, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio ordinario nº 0000648/2006.

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En los autos de referencia se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de diciembre de 2006.

Vistos por Dña. María del Carmen de León Jiménez, Juez stta. del Juzgado de Primera Instancia nº 13 de esta ciudad y su Partido los presentes autos de juicio ordinario nº 648/06, seguidos a instancia de Francisco Marrero Déniz y María del Carmen Domínguez Velaure, representada por la Procuradora María Elisa Pérez Beltrán, bajo la dirección letrada de Luis Bosh Llimares contra Yurena Santana Febles, representada por la Procuradora Mónica Padrón Franquiz, bajo la dirección letrada de Jesús Manuel Artiles López y Miguel Yeray Romero Hernández, en situación procesal de rebeldía, sobre declaración de dominio y otros extremos.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por Francisco Marrero Déniz y María del Carmen Domínguez Velaure, representada por la Procuradora María Elisa Pérez Beltrán, contra Miguel Yeray Romero Hernández y Yurena Santana Febles, declaro: que Francisco Marrero Déniz y María del Carmen Domínguez Velaure son dueños de la finca descrita en el hecho primero de la demanda, condenando a los demandados a estar y pasar por esta declaración y a dejar libre y expedita y a disposición de los actores la citada vivienda en el plazo legal, apercibiéndoles de lanzamiento en caso contrario. Con expresa condena en costas a los demandados.

Esta resolución no es firme, contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia provincial en el plazo de cinco días desde su notificación.

Y, para que sirva de notificación a D. Miguel Yeray Romero Hernández se expide la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de julio de 2007.- El/la Secretario.



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