BOC - 2007/184. Jueves 13 de Septiembre de 2007 - 3595

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Las Palmas de Gran Canaria

3595 - EDICTO de 27 de junio de 2007, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio verbal LEC. 2000 nº 0001084/2006.

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JUZGADO DE: Primera Instancia nº 8 de Las Palmas de Gran Canaria.

JUICIO: verbal LEC. 2000 0001084/2006.

PARTE DEMANDANTE: Movarent, S.L.

PARTE DEMANDADA: Dña. María Nola Fernández Leal.

SOBRE: desahucio.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a veinticuatro de mayo de dos mil siete.

Vistos por mí, Dña. Rebeca Castrillo Santamaría, Magistrada-Juez sustituta del Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Las Palmas y su Partido Judicial, los autos de juicio verbal de desahucio de finca urbana por falta de pago de rentas, seguidos ante este Juzgado y registrados con el nº 1084/2006, a instancia de la entidad Movarent, S.L. C.I.F. B-35590421, con domicilio en la calle Alemani, 81, de esta ciudad de Las Palmas, representada por el Procurador D. Alejandro Valido Farray, bajo la dirección Letrada de D. Santiago Castellano Rodríguez, frente a Dña. María Nola Fernández Leal con N.I.F. 42154907-R, sin domicilio conocido, en situación de rebeldía procesal y atendidos los siguientes,

FALLO

Que estimando la demanda de juicio verbal de desahucio de finca urbana por falta de pago de renta interpuesta por el Procurador D. Alejandro Valido Farray, en nombre y representación de la entidad Movarent, S.L. contra Dña. María Nola Fernández Leal en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento suscrito entre la actora y la demandada sobre la vivienda sita en la calle Italia, 25, 2º derecha, de esta ciudad de Las Palmas, y debo condenar y condeno al demandado a dejar libre y expedita la vivienda citada y a la libre disposición del actor en el plazo de un mes, con apercibimiento de lanzamiento en caso de incumplimiento, cuya fecha se confirma para el día 20 de junio de 2007 a las 11,00 horas.

Todo ello con expresa condena en costas a la demandada.

MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria (artículo 455 LECn).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LECn).

Así por esta Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 27 de junio de 2007 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia a la demandada María Nola Fernández Leal.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de junio de 2007.-El/la Secretario Judicial.



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