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BOC Nº 177. Martes 4 de Septiembre de 2007 - 3484

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Turismo

3484 - Dirección General de Ordenación y Promoción Turística.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 24 de agosto de 2007, sobre notificación de Propuesta de Resolución a titulares de empresas y actividades turísticas de ignorado domicilio.

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Habiéndose intentado por esta Dirección General sin haberse podido practicar, la notificación de la Propuesta de Resolución en el expediente incoado con motivo de denuncias o Actas de Inspección formuladas contra los titulares de empresas y actividades turísticas que se relacionan, conforme al artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y siendo preciso su notificación a los efectos de que aleguen lo que a su derecho convenga,

R E S U E L V O:

1.- Notificar a los titulares de establecimientos y actividades turísticas que se citan, la Propuesta de Resolución recaída en el expediente que les ha sido instruido por infracción a la legislación en materia turística.

2.- Se le concede un plazo de 15 días, contados a partir de esta notificación, para que aporte cuantas alegaciones estime convenientes o, en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretende valerse.

3.- Remitir al Ayuntamiento de las poblaciones que se citan, la presente Resolución para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.

Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de agosto de 2007.- La Directora General de Ordenación y Promoción Turística (Orden nº 314, de 7.8.07), la Viceconsejera de Turismo, María del Carmen Hernández Bento.

Resolución de publicación de propuesta de expediente sancionador y cargo que se cita.

Con fecha 1 de junio de 2007 se dictó Resolución de iniciación del procedimiento sancionador nº 223/07, notificada mediante publicación en el Boletín Oficial de Canarias nº 139, de fecha 12 de julio de 2007 seguido contra el titular del establecimiento cuyos datos se refieren a:

TITULAR: Ferenta, S.L.

ESTABLECIMIENTO: Bar Swing.

DIRECCIÓN: C.C. Papagayo, local 72, 2ª planta, Playa Blanca-Yaiza.

Nº EXPEDIENTE: 223/07.

C.I.F.: B83872390.

Iniciado como consecuencia de las reclamaciones/denuncias formuladas por Dirección General Guardia Civil Puesto de Yaiza y de las siguientes actuaciones de la Inspección de Turismo 21425, de fecha 13 de abril de 2007, formulándose los siguientes

HECHOS: emisión de música no estando el local adaptado para ello ni insonorizado, proyectándose el sonido hacia el exterior.

FECHA DE INFRACCIÓN: 16 de febrero de 2007.

ALEGACIONES: examinado el expediente de referencia, no consta al formular la presente Propuesta de Resolución, que el/la titular consignado/a haya presentado alegaciones ni aportado prueba alguna que desvirtúe el hecho imputado por Resolución de iniciación notificada mediante publicación en el Boletín Oficial de Canarias nº 139, de fecha 12 de julio de 2007.

El hecho imputado, infringe lo preceptuado en las siguientes normas, viene tipificado como se indica y está calificado como se recoge seguidamente

HECHOS: emisión de música no estando el local adaptado para ello ni insonorizado, proyectándose el sonido hacia el exterior.

FECHA DE INFRACCIÓN: 16 de febrero de 2007.

NORMAS SUSTANTIVAS INFRINGIDAS: artículo 19.2 de la Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias (B.O.C. nº 48, de 19 de abril).

TIPIFICACIÓN DE LA INFRACCIÓN: artículo 76.16 de la Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias (B.O.C. nº 48, de 19 de abril), en relación con el artículo 77.7 del mismo cuerpo legal.

CALIFICACIÓN JURÍDICA DE LAS INFRACCIONES: leve.

Para las infracciones calificadas como leves es competente para su Resolución la Ilma. Sra. Directora General de Ordenación y Promoción Turística, de acuerdo con el artículo 80.2 de la Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias (B.O.C. nº 48, de 19 de abril) y el artículo 7.2.B).f) del anexo al Decreto 84/2004, de 29 de junio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Turismo (B.O.C. nº 138, de 19.7.04).

Como consecuencia de todo lo anterior se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Imponer a Ferenta, S.L., con C.I.F. B83872390 titular del establecimiento denominado Bar Swing, la sanción de novecientos un (901,00) euro.

Se le indica la puesta de manifiesto del expediente, así como se le ofrece un plazo de 15 días, contados a partir del día siguiente a la recepción de la presente propuesta, como trámite de audiencia según se establece en los artículos 14.3 y 15 del Decreto 190/1996, de 1 de agosto, regulador del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora en materia turística y de la inspección de turismo (B.O.C. nº 103, de 21.8.96).

En el caso de que Vd. sea representante, deberá acreditar esta representación, aportando Escritura de Poder para dejar constancia fidedigna, bien con copia simple notarial o previo cotejo o compulsa de la fotocopia con su original, a tenor de lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Podrá hacer efectiva la cuantía de la sanción en la Intervención Insular de la Consejería de Economía y Hacienda, con la presentación de esta Propuesta de Resolución, debiendo remitir a esta Dirección General, copia del Mandamiento de Ingreso, para acordar la finalización del procedimiento, sin perjuicio del derecho a interponer los recursos procedentes, todo ello, según se prevé en los artículos 7 y 9.2.e) del Decreto 190/1996, de 1 de agosto, regulador del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora en materia turística y de la inspección de turismo (B.O.C. nº 103, de 21.8.96).- Las Palmas de Gran Canaria, a 7 de agosto de 2007.- La Instructora, Ana Hernández Guerra.

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