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Dña. Ana Isabel Torres Chico, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado de mi cargo se ha dictado auto, en los autos que luego se dirá cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:
Vistos, por el Ilmo. Sr./a. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido, los presentes autos de Tercería de Mejor Derecho 707/2006, seguidos a instancia de Agencia Estatal de la Administración Tributaria, representado por el Abogado del Estado, contra Lico Leasing, S.A. y como intervinientes Formación Aeronáutica de Canarias, S.L., y D. Guillermo Rodríguez Perdomo, en paradero desconocido y en situación de rebeldía:
D I S P O N G O:
1º) Se estima la demanda de tercería de mejor derecho promovida por el Abogado del Estado, en la representación que legalmente tiene conferida de Agencia Estatal de la Administración Tributaria, frente a Lico Leasing, S.A., con intervención de Centro de Formación Aeronáutica de Canarias, S.L. y D. Guillermo Rodríguez Perdomo.
2º) Se declara el derecho del actor tercerista a ver satisfecho el crédito que por los conceptos y cantidades detallados en la certificación de 16 de mayo de 2006 -aportada como documento nº Uno de la demanda- ostenta frente a Centro de Formación Aeronáutica de Canarias, S.L., con preferencia al que Lico Leasing, S.L., reclama en los autos de Ejecución Judicial nº 605/02.
3º) No se hace especial pronunciamiento en costas.
Y para que sirva de notificación a Centro de Formación Aeronáutica de Canarias, S.L., y D. Guillermo Rodríguez Perdomo, expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 27 de abril de 2007.- El/la Secretario.
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