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BOC Nº 167. Martes 21 de Agosto de 2007 - 3313

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

3313 - Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 8 de agosto de 2007, del Director Ejecutivo, sobre notificación a Transportes y Excavaciones Brito, S.L., de la resolución definitiva recaída en el expediente R.P. 1275/06.

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No habiéndose podido practicar la notificación a Transportes y Excavaciones Brito, S.L., de la Resolución definitiva, de fecha 17 de julio de 2007, en los términos del apartado primero del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con el apartado cuarto del citado artículo,

R E S U E L V O:

Notificar a Transportes y Excavaciones Brito, S.L., la Resolución definitiva, de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, de fecha 17 de julio de 2007, recaída en el expediente instruido en esta Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural por infracción de la legalidad urbanística con referencia R.P. 1275/06 y cuya parte dispositiva dice textualmente:

"R E S U E L V O:

Primero.- Imponer a la entidad Transportes y Excavaciones Brito, S.L., una multa de quince mil (15.000) euros, por la infracción consistente en el vertido al terreno y abandono de residuos peligrosos (aceites y filtros usados), que son presuntamente constitutivos de una infracción medioambiental, tipificada y clasificada de grave en el artículo 38.2.c), en relación con el artículo 38.3.j) de la Ley 1/1999, de 29 de enero, de Residuos de Canarias.

Segundo.- Imponer a la entidad Transportes y Excavaciones Brito, S.L., una multa de quince mil (15.000) euros, por la infracción consistente en el abandono y vertido de otros residuos no peligrosos, como palés, cartones, plásticos, hierros, neumáticos y restos de maquinaria y vehículos pesados, y no desvirtuados por el denunciado, tipificada y clasificada de grave en el artículo 38.3.b) de la citada Ley de Residuos, de conformidad con el artículo 42.2 del mismo Texto Legal.

Tercero.- Requerir la reposición de las cosas a su estado anterior, procediendo a la correcta gestión de los residuos generados en la empresa, y su acreditación ante esta Administración.

Notificar la presente Resolución a la entidad infractora y demás interesados.

El cumplimiento de las obligaciones económicas se hará efectivo en el tiempo y forma que se establezca en la notificación que le remitirá la Consejería de Economía y Hacienda a este fin, una vez sea firme la resolución en vía administrativa, de conformidad con lo establecido en la Resolución de 13 de agosto de 2002, por la que se da publicidad a la suscripción del Convenio entre la Consejería de Economía, Hacienda y Comercio del Gobierno de Canarias y la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, para la prestación del servicio de gestión de cobro de los ingresos de derecho público propios de la Agencia, tanto en período voluntario como en vía ejecutiva.

Contra el presente acto, que agota la vía administrativa, cabe interponer potestativamente el pertinente recurso de reposición ante este Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a la notificación de la presente Resolución y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la notificación de la presente, de conformidad con el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa."

Las Palmas de Gran Canaria, a 8 de agosto de 2007.- El Director Ejecutivo, Pedro Pacheco González.

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