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BOC Nº 167. Martes 21 de Agosto de 2007 - 3309

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Economía y Hacienda

3309 - Secretaría General Técnica.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 11 de julio de 2007, que impone una sanción disciplinaria al contratado laboral D. Manuel Enrique Ramos Mejuto.

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No habiéndose podido notificar a D. Manuel Enrique Ramos Mejuto, por encontrarse ausente de su domicilio, la Resolución de esta Secretaría General Técnica nº 559, de 11 de julio de 2007, por la que se pone fin al expediente disciplinario incoado por Resolución del mismo Centro Directivo nº 303, de 17 de abril de 2007. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

En virtud de las competencias atribuidas a esta Secretaría General Técnica por el artículo 11 del Decreto 184/1996, de 18 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico del Boletín Oficial de Canarias,

R E S U E L V O:

Primero.- Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la parte dispositiva de la Resolución de esta Secretaría General Técnica nº 559, de 11 de julio de 2007, cuyo texto es el siguiente:

1º) Declarar al contratado laboral de este Departamento, D. Manuel Enrique Ramos Mejuto, autor de una infracción muy grave de “manifiesta insubordinación individual” tipificada en el artículo 60.2 del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias, a sancionar, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 61.3 del citado Convenio, con suspensión de empleo y sueldo durante un período de un mes.

2º) Suspender la ejecución de la precitada sanción en tanto que ésta no adquiera firmeza en vía administrativa y, en su caso, jurisdiccional.

3º) Que se notifique la presente Resolución al trabajador sancionado, y que se dé traslado de la misma a la Dirección General de la Función Pública al objeto de que por dicho Centro Directivo se proceda a la inscripción en el Registro de Personal de la sanción y de la falta que la motivaron.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, el interesado podrá interponer demanda ante el Juzgado de lo Social, de los de Santa Cruz de Tenerife, dentro del plazo de caducidad de 20 días hábiles a contar desde el siguiente a la fecha de su notificación. De acuerdo con lo establecido en el artículo 69 de la Ley de Procedimiento Laboral, para poder presentar la citada demanda será requisito previo necesario la interposición de reclamación previa ante esta Secretaría General Técnica dentro del referido plazo de caducidad de 20 días hábiles. Este plazo quedará interrumpido por la interposición de la citada reclamación.

Segundo.- Poner a disposición del trabajador sancionado el texto íntegro de la resolución, que obra en las dependencias de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Economía y Hacienda, en el Edificio de Usos Múltiples II, en Santa Cruz de Tenerife (Avenida José Manuel Guimerá, 10, planta 5ª). Tercero.- Remitir al Ayuntamiento de Tacoronte la presente Resolución para su publicación en el tablón de edictos.

Las Palmas de Gran Canaria, a 7 de agosto de 2007.- El Secretario General Técnico, p.s., la Jefa de Servicio de la Oficina Presupuestaria (Orden de 24.7.07), Blanca Sánchez Méndez.

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