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ANTECEDENTES
1º) Con fecha 17 de abril de 2007, tiene entrada en este Departamento solicitud de modificación de las tarifas por suministro de agua potable, para su aplicación en el municipio de Antigua, a instancia de la Empresa Mixta de Aguas de Antigua, S.L.2º) En sesión celebrada el día 10 de julio de 2007 el Grupo de Trabajo de la Comisión Territorial de Precios de Las Palmas, elaboró el correspondiente informe, acordándose su elevación al Pleno de la citada Comisión.
3º) A la vista del informe, la Comisión Territorial de Precios de Las Palmas, en su sesión plenaria celebrada el mismo día 10 de julio de 2007, dictaminó aprobar la modificación de las tarifas por suministro de agua potable para su aplicación en el municipio de Antigua, todo ello sobre la base de las consideraciones reflejadas en el acta de la sesión y en el informe del Grupo de Trabajo, que serán debidamente notificados a los interesados.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Primera.- El expediente ha sido tramitado con sujeción al procedimiento establecido en el Decreto 64/2000, de 24 de abril, por el que se regula el procedimiento para la implantación y modificación de precios de los bienes y servicios autorizados y comunicados de ámbito autonómico.Segunda.- A este expediente le son de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 3.173/1983, de 19 de noviembre; el Real Decreto-Ley 7/1996, de 7 de junio, sobre medidas urgentes de carácter fiscal y de fomento de la liberalización de la actividad económica, por el que se modifica el régimen de precios de determinados bienes y servicios.
Vistos, además de los preceptos citados, los Decretos Territoriales 241/2003, de 11 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías; 123/2003, de 17 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias y 178/2003, de 23 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica de las Consejerías de Presidencia y Justicia y de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías; el Decreto 101/2006, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías, y demás disposiciones de general o particular aplicación.
En uso de las competencias que tengo atribuidas,
R E S U E L V O:
Aprobar la modificación de las tarifas por suministro de agua potable, para su aplicación en el municipio de Antigua, las cuales quedarán establecidas en las cuantías siguientes, siendo de aplicación bimestral:
Tarifas Importe en euros Cuota fija del servicio 10,00 euros Consumo doméstico, comercial y de obras: De 0 a 5 m3 0,000 euros/m3 De 6 a 100 m3 2,000 euros/m3 Más de 100 m3 2,019 euros/m3 Consumo en cubas 1,250 euros/m3Estas tarifas surtirán efecto a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante esta Consejería, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación o publicación de la presente resolución; o, directamente, recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en Las Palmas, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación o publicación. En el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, hasta la resolución expresa del recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de julio de 2007.
LA CONSEJERA DE INDUSTRIA,
COMERCIO Y NUEVAS TECNOLOGÍAS
en funciones,
María Luisa Tejedor Salguero.
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