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"Conceder el trámite de audiencia por plazo de veinticinco (25) días al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife y a Marisol Méndez Ovelar para que puedan alegar lo pertinente sobre la información adicional solicitada, que se deberá aportar en anexo a proyecto, por duplicado ejemplar, realizado por técnico competente y visado por el correspondiente Colegio Oficial y que es la siguiente:
ˇ Cálculo de la ocupación prevista en la totalidad de la actividad (incluidos espacios exteriores) tomando como valores de densidad de ocupación los que se indican en el artē. 6 de la Norma Básica de la Edificación CPI-96 (incluido plano donde se describan en su caso las diferentes zonas), por la posible aplicación de las condiciones previstas en el anexo 2 (Edificación) del Decreto 227/1997, de 18 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 8/1995, de 6 de abril, de accesibilidad y supresión de barreras físicas y de la comunicación.
ˇ Justificación de que la altura del local, en todas las zonas de la actividad, cumplirá con el anexo I (Condiciones de seguridad en los lugares de trabajo) del Capítulo II del Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, así como por lo dispuesto en las Ordenanzas Municipales y/o normas urbanísticas de aplicación."
Santa Cruz de Tenerife, a 30 de julio de 2007.- El Jefe del Servicio, Jesús Bernardos Correa.
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