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2007/159 - Miércoles 8 de Agosto de 2007

IV. ANUNCIOS
Administración Local
Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria

Regresar al sumario 3202 ANUNCIO de 26 de marzo de 2007, relativo a la aprobación definitiva de Estudio de Detalle DET-N05-07 manzana calles La Naval, Luján Pérez, Prudencio Morales y Faro.

De conformidad con lo previsto en los artículos 44.2 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, se hace público que por el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 23 de febrero de 2007, se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

"III.- ÁREA DE PLANEAMIENTO, GESTIÓN URBANÍSTICA Y PATRIMONIO.

SERVICIO DE PLANEAMIENTO.

3.- Aprobación definitiva, si procede, del Estudio de Detalle formulado para la manzana comprendida por las calles La Naval, Luján Pérez, Prudencio Morales y Faro, en esta ciudad, promovido por D. Julián Andrés Febles Benítez y D. Lorenzo Benítez Padrón.

Se dio cuenta de la propuesta del tenor literal siguiente:

"Vistos los documentos obrantes en el expediente de referencia, fundamentalmente, los siguientes

ANTECEDENTES

1º) Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 1 de diciembre de 2005, se procedió a la aprobación inicial del Estudio de Detalle referido a la referida manzana, ubicada entre las calles La Naval, Luján Pérez, Prudencio Morales y Faro, en esta ciudad, fijándose la siguiente ordenación:

"La ordenación establecida es la siguiente:

- Hacia la calle Faro: 5 plantas.

- Hacia la calle Luján Pérez: 4 plantas.

- Hacia la calle Prudencio Morales: 4 plantas en toda su longitud excepto en la parcela (Prudencio Morales 32) que forma la esquina con la calle Faro, donde se propone una altura de 5 plantas.

- Hacia la calle La Naval:5 plantas en el primer tramo (desde la esquina con la calle Faro, parcelas La Naval 25 y 27), 6 plantas en el tramo central (La Naval 29-35) y 4 plantas en la parcela que forma esquina con la calle Luján Pérez (La Naval 39). El escalonamiento de 6 a 4 plantas se propone en la parcela anterior a la de esquina (La Naval 37) con un retranqueo lateral de 3 m en toda la profundidad de la parcela;" estableciéndose la siguiente condición a subsanarse para la aprobación definitiva:

"Se debe eliminar de la propuesta la posibilidad de realizar cubiertas ajardinadas y establecer, por tanto, que las cubiertas serán planas e intransitables exclusivamente."

2º) El expediente se sometió al trámite de información pública mediante la publicación de dos anuncios; el primero de ellos, en el periódico "Canarias 7", el día 9 de febrero de 2006, en el Boletín Oficial de la Provincia nº 20, de fecha 13 de febrero de 2006 y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, entre los días 16 de diciembre de 2005 y 17 de enero de 2006; y el segundo anuncio, relativo a propietarios con domicilio desconocido, en el periódico "Canarias 7", de fecha 11 de abril de 2006, en el Boletín Oficial de la Provincia nº 46, de 14 de abril de 2006 y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, entre los días 29 de marzo de 2006 y 2 de mayo de 2006.

3º) Este expediente ha estado afectado por la suspensión de tramitación de instrumentos de desarrollo de planeamiento como consecuencia de no encontrarse adaptado el Plan General Municipal de Ordenación a Ley 19/2003, de 14 de abril, por la que se aprueban las Directrices de Ordenación General y las Directrices del Turismo, que cesó tras el acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada con fecha 27 de septiembre de 2006 -comunicado a este Ayuntamiento el día 3 de octubre de 2006, con R.E. nº 141.478- por el que se informó de la posibilidad de tramitar Estudios de Detalle en suelo urbano consolidado establecidos por el Plan General Municipal u otras disposiciones sectoriales, en contestación a la solicitud formulada por este Ayuntamiento, por no entender sujetos los Estudios de Detalle a la Disposición Transitoria 3ª de la Ley 19/2003, de la mencionada Ley.

4º) Con fecha 27 de diciembre de 2006 -R.E. nº 189.647- se procedió a presentar por los promotores documentación técnica a los efectos de corregir la condición establecida en el acuerdo de aprobación inicial, visada con fecha 15 de diciembre de 2006.

5º) Se emite informe técnico por el Servicio de Planeamiento con fecha 30 de enero de 2007, en el que se recoge que se ha subsanado la condición que se había establecido en el acuerdo de aprobación inicial, proponiendo su aprobación definitiva con la misma ordenación aprobada inicialmente.

6º) Por los Servicios Jurídicos se emite informe con fecha 30 de enero de 2007, igualmente favorable, para el trámite de aprobación definitiva.

Vistas las disposiciones legales de aplicación, fundamentalmente:

I.- El artículo 123.1.i) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, establece la competencia del Pleno Municipal para la aprobación que ponga fin a la tramitación de los planes y demás instrumentos de ordenación previstos en la legislación urbanística, entre los que se encuentran los Estudios de Detalle.

II.- El artículo 87.2 del Reglamento de procedimientos del sistema de planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 55/2006, de 9 de mayo, en cuanto al traslado y remisión a la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, del acuerdo de aprobación definitiva y copia del expediente administrativo y documento de Estudio de Detalle.

III.- El artículo 44.2, párrafo 2º del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, y el artículo 70.2 -en relación con el artículo 65.2- de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en cuanto a su publicación a los efectos de su entrada en vigor.

Visto, asimismo, el dictamen de la Comisión de Pleno de Urbanismo y Medio Ambiente de fecha 14 de febrero de 2007, el Pleno de la Corporación,

ACUERDA:

Primero.- Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle formulado por D. Julián Andrés Febles Benítez y D. Lorenzo Benítez Padrón, consistente en la ordenación volumétrica de la manzana comprendida en el ámbito de las calles La Naval, Luján Pérez, Prudencio Morales y Faro, en esta ciudad, quedando fijada la ordenación volumétrica de dicha manzana, sin variación respecto de la aprobación inicial, que se materializa de la forma siguiente:

· La ordenación establecida es la siguiente:

- Hacia la calle Faro: 5 plantas.

- Hacia la calle Luján Pérez: 4 plantas.

- Hacia la calle Prudencio Morales: 4 plantas en toda su longitud excepto en la parcela (Prudencio Morales 32) que forma la esquina con la calle Faro, donde se establece una altura de 5 plantas.

- Hacia la calle La Naval: 5 plantas en el primer tramo (desde la esquina con la calle Faro, parcelas La Naval 25 y 27), 6 plantas en el tramo central (La Naval 29-35) y 4 plantas en la parcela que forma esquina con la calle Luján Pérez (La Naval 39). El escalonamiento de 6 a 4 plantas se establece en la parcela anterior a la de esquina (La Naval 37) con un retranqueo lateral de 3 m en toda la profundidad de la parcela.

· Las cubiertas serán planas e intransitables.

Segundo.- Comunicar este acuerdo a la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, acompañando copia del expediente administrativo y del documento técnico.

Tercero.- Proceder a la publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial de Canarias, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 44.2, párrafo 2º del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo.

Cuarto.- Proceder a publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas este acuerdo de aprobación definitiva, junto con la normativa del Estudio de Detalle, de conformidad con lo establecido en el artículo 70.2, en relación con el artículo 65.2, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

Quinto.- Remitir copia del documento técnico de Estudio de Detalle aprobado al Consejo Cartográfico de Canarias.

Sexto.- Notificar este acuerdo en legal forma a la sociedad promotora, así como a los propietarios incluidos en el ámbito del Estudio de Detalle, haciéndoles saber que contra el citado acto expreso, que es definitivo en vía administrativa, podrán interponer en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (sede de Las Palmas) a tenor de lo establecido en los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, del Poder Judicial, en concordancia con el artº. 109.c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Todo ello sin perjuicio de cualquier otra acción o recurso que estimare oportuno interponer para la mejor defensa de sus derechos."

Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de marzo de 2007.- La Secretaria General, Ana María Echeandía Mota.

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