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BOC Nº 157. Lunes 6 de Agosto de 2007 - 3163

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Arona

3163 - EDICTO de 3 de julio de 2007, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio verbal LEC. 2000 nº 0000055/2003.

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D. Lorenzo Rosa Lería, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Arona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado de mi cargo se ha dictado sentencia, en los autos que luego se dirá cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA nº 64/07

En Arona, a diecinueve de junio de dos mil siete.

Vistos por mí, D. Lorenzo Rosa Lería, Magistrado Juez titular del Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Arona, los presentes autos de juicio verbal de reclamación de cantidad seguidos con el nº 55/03, a instancia del Procurador, D. Manuel Ángel Álvarez Hernández, en nombre y representación de la entidad "Caja Rural de Tenerife", defendida por el Letrado D. Jesús David Barragán Acea, contra D. Elisardo Ferreira Antelo, que fue declarado en rebeldía procesal.

Vistos, por el Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Arona y su Partido, los presentes autos de juicio verbal LEC. 2000, bajo el nº 0000055/2003, seguidos a instancia de Caja Rural de Tenerife, representado por el Procurador D. Manuel Ángel Álvarez Hernández, y dirigido por el Letrado D. Jesús David Barragán Acea, contra D. Elisardo Ferreira Antelo, en paradero desconocido y en situación de rebeldía.

FALLO: estimar la demanda interpuesta por el Procurador D. Manuel Ángel Álvarez Hernández, en nombre y representación de la entidad "Caja Rural de Tenerife", defendida por el Letrado D. Jesús David Barragán Acea, contra D. Elisardo Ferreira Antelo, que fue declarado en rebeldía procesal y se condena al demandado a pagar al actor la cantidad de dos mil ciento sesenta y nueve euros con cuarenta y ocho céntimos (2.169,48 euros), más los intereses legales (pactado por las partes) y los intereses moratorios desde la fecha de vencimiento.

Se imponen las costas procesales al demandado.

Notifíquese esta resolución a las partes y contra la misma podrán interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.

Expídase testimonio de esta resolución para su incorporación a los autos y llévese el original al Libro de Sentencias.

Así lo acuerda, manda y firma, D. Lorenzo Rosa Lería, Magistrado/Juez del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 3 de Arona (Santa Cruz de Tenerife).

PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada la anterior sentencia por el Sr. Magistrado/Juez del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 3 de esta ciudad, estando celebrando audiencia pública en el día de la fecha. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado, expido y libro el presente en Arona, a 3 de julio de 2007.- El Juez.- La Secretario.

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