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BOC Nº 157. Lunes 6 de Agosto de 2007 - 3161

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Arona

3161 - EDICTO de 23 de abril de 2007, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de menor cuantía nº 0000243/2000.

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JUZGADO DE: Primera Instancia nº 1 de Arona.

JUICIO: menor cuantía 0000243/2000.

PARTE DEMANDANTE: Entidad Hispamer Servicios Financieros, S.A.

PARTE DEMANDADA: D./Dña. José Rodríguez Martín y Carmen González Gorrín.

SOBRE: otros menor cuantía.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

SENTENCIA

En Arona, a diecinueve de mayo de dos mil cuatro.

La Sra. Dña. Elisa Isabel Soto Arteaga, Juez Acctal., del Juzgado de Primera Instancia nº Uno, de los este Partido Judicial, habiendo visto los presentes autos de juicio de menor cuantía nº 243/2000, promovidos por la Procuradora de los Tribunales Sra. Carrillo Pérez, en nombre y representación de la entidad Hispamer Servicios Financieros EFC, S.A., y bajo la asistencia letrada del Sr. Chávez Amaro, contra D. José Rodríguez Martín y Dña. Carmen González Gorrín, los cuales han sido declarados en rebeldía en las presentes actuaciones que versan sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda inicial de estas actuaciones, interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Sra. Carrillo Pérez, en nombre y representación de la entidad Hispamer Servicios Financiero EFC, S.A., y en su consecuencia, debo condenar y condeno a D. José Rodríguez Martín y a Dña. Carmen González Gorrín, a que abonen a la actora, de forma conjunta y solidaria, la suma de 1.279.080 pesetas -siete mil seiscientos ochenta y siete euros con cuarenta y tres céntimos de euro-, más los intereses legales que correspondan, de conformidad con lo dispuesto en el fundamento jurídico cuarto de la presente resolución, desde la fecha de interposición de la demanda, así como al abono de las costas procesales.

Contra esta sentencia, podrá prepararse recurso de apelación en el plazo de cinco días ante este Juzgado.

Así por esta mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, la pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, D. José Rodríguez Martín, por providencia de esta fecha la Magistrado Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado para llevar a efecto la diligencia de notificación a D. José Rodríguez Martín.

En Arona, a 23 de abril de 2007.- La Secretario Judicial.

DILIGENCIA.- En Arona, a 23 de abril de 2007.

La extiendo yo, el/la Secretario Judicial, para hacer constar que el presente edicto ha quedado fijado en el día de hoy en el tablón de anuncios.

Doy fe.

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