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En los autos de referencia, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva que es como sigue:
SENTENCIA. En Icod de los Vinos, a 26 de noviembre de dos mil seis.
Vistos por mí, María Cristina González Padrón, Juez sustituta del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de los de Icod de los Vinos, los presentes autos de juicio verbal sobre disolución, liquidación y adjudicación de los bienes gananciales, seguidos ante este Juzgado bajo nº 111/2005, a instancia de Dña. Bienvenida Luis Martín, representada por la Procuradora de los Tribunales Dña. Alicia Saenz Ramos y bajo la dirección técnica del Letrado D. Miguel Ángel Luis Socas, contra D. Antonio Díaz Santana, en situación de rebeldía procesal; todo ello con arreglo a los siguientes
FALLO. Que debo desestimar y desestimo la demanda presentada por la Procuradora Dña. Alicia Saenz Ramos, en nombre y representación de Dña. Bienvenida Luis Martín, frente a D. José Antonio Díaz Santana, absolviendo al demandado de las pretensiones deducidas en la demanda; con expresa imposición de las costas procesales causadas en el presente procedimiento a la parte actora.
Notifíquese esta resolución a las partes y hágaseles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado, para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de cinco días desde su notificación.
Líbrese testimonio de la presente resolución para su unión a los autos principales y llévese el original al libro de sentencias de este Juzgado.
Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en forma a quien abajo se indica, extiendo y firmo la presente en Icod de los Vinos, a 22 de marzo de 2007.- El/la Secretario.
SE NOTIFICA A: D. Antonio Díaz Santana.
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